Santo Domingo 19°C/21°C clear sky

Suscribete

9

El juez que merece la república

Avatar del Listín Diario
Edgar Hernández MejíaSanto Domingo

Cuando se habla del juez ideal, el que merece la República, no se puede dejar de mencionar dos de los atributos de mayor importancia: la Responsabilidad y la Valentía.

Como es de conocimiento general, la función de juez (a cualquier nivel y en cualquier materia) conlleva estar expuesto a padecer las consecuencias de las reacciones o las confrontaciones derivadas de sus decisiones jurisdiccionales, las cuales afectan intereses, en ocasiones muy poderosos.

En otras palabras, el Juez de Paz, el de la Instrucción, el de Primera Instancia, así como el de Corte de Apelación; bien se trate del Juez de Paz especializado en tránsito, en asuntos municipales, en materia ordinaria, o se trate del Juez de Primera Instancia, o el de Corte de Apelación, en materia Penal, Civil, Comercial, de Jurisdicción Inmobiliaria, de Trabajo, de Niños, Niñas y Adolescentes, de asuntos Contencioso Tributario y Contencioso Administrativo, etcétera, asumen determinadas posiciones jurídicas en los procesos judiciales sometidos a su consideración. Sucediendo que siempre hay una parte gananciosa y otra parte perdidosa. Más aún, en ocasiones hay partes parcialmente gananciosas o parcialmente perdidosas, y por consiguiente son partes igualmente inconformes con la sentencia, la cual impugnan con la pretensión y la finalidad de que sea modificada en uno o en otro aspecto, en un tribunal judicial superior.

Por la realidad precedentemente expuesta, se requiere que el juez sea responsable y que en todos los casos, caiga quien caiga, decida con valentía el asunto del que esté apoderado, de conformidad al Derecho, a los elementos de prueba sometidos al tribunal y a su consciencia.

Ciertamente, como dijimos anteriormente, a los jueces se les enseña la necesidad y conveniencia de tomar en cuenta lo que se denomina “plano axiológico” de la sentencia, que no es más que el impacto o la repercusión que el contenido de la decisión judicial pueda producir o provocar, en un momento determinado, en el seno de la sociedad. Ejemplos apropiados de lo antes explicado serían las perturbaciones que podrían traer a una comunidad: 1ro.) Una sentencia, de fecha 23 de diciembre, que ordene el desalojo de una humilde familia de un inmueble, por falta de pago; en razón de los sentimientos de compasión que inspiran los valores cristianos de la época de la navidad. 2do.) La fijación de una garantía económica a un procesado por homicidio, alegadamente involuntario, antes de la fecha de enterramiento de la víctima; toda vez que lo reciente del duelo podría provocar reacciones de la gente, por solidaridad con la memoria del difunto aún insepulto.

Pero el hecho de que el Juez sea prudente en cuanto a la fijación de la fecha para el pronunciamiento de la sentencia, en atención a los valores predominantes en la sociedad, de ningún modo significaría que el magistrado sea irresponsable o que actúe con carencia de valentía.

Oportuno es recordar que el artículo 71 del Código Iberoamericano de Ética Judicial consagra que: “Al adoptar una decisión, el juez debe analizar las distintas alternativas que ofrece el Derecho y valorar las diferentes consecuencias que traerán aparejadas cada una de ellas”.

Desafortunadamente, a veces los jueces son víctimas de ácidas críticas, enemistades y rechazo de personas y sectores, en ocasión del ejercicio de sus funciones jurisdiccionales, porque no siempre la parte perdidosa o afectada con una decisión del tribunal, reacciona con madurez y altura. Pero el juez debe saber, desde que se incorpora a la carrera judicial, que su función en la sociedad, sobre todas las cosas, es la de hacer justicia, y no la de procurar ser simpático ante la totalidad de la gente. En ese orden de ideas, el juez de vocación, el buen juez, el ideal, necesariamente tiene que ser responsable y valiente; más aún, muy responsable y muy valiente.

Tags relacionados