EN LA RUTA

El meollo

Aunque cada vez surgen más, la sociedad dominicana no está compuesta de abogados. Por tanto, es comprensible que no todos conozcan las intríngulis ni los procesos que dictan nuestras leyes y normas, sobre todo las que establece el Código Procesal Penal (CPP) en materia de coerción. En tal virtud resulta oportuno recordar que el espíritu primigenio de las medidas cautelares que en su artículo 222 establece nuestro CPP (Ley 76-02) y que son siete, es el de evitar que el imputado pueda evadirse del proceso que se le sigue.

Así las cosas, y como por el carácter garantista del Código, la prisión es la excepción, cuando las personas pueden demostrar presupuestos de arraigo (domicilio, trabajo, familia, vinculación socioeconómica o correspondencia a los llamados) suficientes o cuando existen causas específicas como enfermedades etc., pueden perfectamente estar en libertad bajo el pago de fianza y presentación periódica; en prisión domiciliaria o monitoreados por localizadores satelitales.

Desafortunadamente, y justificada por los tantos casos de impunidad donde quien la hace no la paga, la sociedad se indigna y asume que si no hay un preso no hay un caso, cuando en buen derecho eso no es así ya que coerción no es igual a juicio de fondo ni a condena o absolución, y en ocasiones hay quienes al terminar el proceso y dependiendo de la sentencia, van de su casa a la cárcel o de una prisión preventiva rumbo a su hogar.

Entonces, y aunque en su momento habrá de conocerse las razones para que el magistrado especial de la Instrucción, Francisco Ortega Polanco, variara su propia decisión de aplicar prisión preventiva por la presentación periódica a Víctor Díaz Rúa y Ángel Rondón, implicados en el caso de sobornos por la multinacional brasileña Odebrecht, lo realmente importante ahora es que el Ministerio Público recabe los elementos que sustenten la acusación formal.

Y es que para resultados finales, las medidas de coerción que hoy tengan cualquiera de los 14 encartados en este proceso no los saca del expediente y el meollo del asunto está en que si la Procuraduría no logra probar lo admitido por Odebrecht, y para lo cual solo le quedan cinco meses, el fiasco será muy grande...

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