Apelan decisión que favorece a Janel Ramírez, acusado de acoso laboral

Los abogados de las querellantes plantean a los jueces que es un hecho no controvertible, que las querellantes laboraban y laboran con mucha precariedad emocional por efecto del acoso sexual al que fueron sometidas.

Janel Ramírez, presidente de la Cámara de Cuentas.

Janel Ramírez, presidente de la Cámara de Cuentas.Archivo

La Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, fue apoderada de un recurso de apelación en contra de la decisión que confirma el dictamen del archivo definitivo contra el presidente de la Cámara de Cuentas de la República (CCRD), Janel Andrés Ramírez Sánchez, acusado de acoso laboral y de hacer propuestas personales a dos abogadas.

La apelación fue en contra de la decisión de la jueza de instrucción especial de la Suprema Corte de Justicia, Vanesa Acosta, quien como control de las investigaciones que llevaba a cabo el ministerio público confirmó el dictamen del archivo definitivo de la querella, alegando que los hechos denunciados no configuran el tipo penal de acoso sexual previsto en el artículo 333-2 del Código Penal.

La instancia fue presentada por los abogados Francisco García Rosa, José Augusto Sánchez Turbí, Omar Antonio Ferrer Jiménez, Jesús de la Rosa Gómez, Máximo Julio Correa Rodríguez, Bernardo Adán de la Cruz Pantaleón, Juan Carlos Aguasvivas García y Toribio Rosado Rodríguez.

En la instancia se pide a los jueces de la Sala Penal revocar la decisión de los procuradores adjuntos Fernando Quezada García e Isis de la Cruz Duarte, dictada mediante auto número 02-2023 de fecha 20 de julio del año 2023.

Los abogados de las querellantes plantean a los jueces que es un hecho no controvertible, que las querellantes laboraban y laboran con mucha precariedad emocional por efecto del acoso sexual al que fueron sometidas.

Destacan que también es un hecho incontrovertible que el Ministerio Público en su dictamen de archivo no toma en cuenta el audio de algo más de 40 minutos que fue aportado como elemento de prueba por las querellantes y ni siquiera hace mención de él.

Indican que también ha quedado evidenciado que a las dos objetantes se le hicieron promesas de ascenso al Comité de Compras de la Cámara de Cuentas por parte del presidente de esa institución y que eran constantemente constreñidas para que aceptaran las pretensiones sexuales de este.

Destacan que igualmente ha sido harto demostrado que Ramírez Sánchez obró con el interés de obtener favores de naturaleza sexual, no solo de parte de una, sino de ambas víctimas, y que es evidente que el imputado actuaba en su condición de funcionario del más alto nivel de la Cámara de Cuentas.

Archivado

El Ministerio Público tomó la decisión de archivar el caso, bajo la premisa de que, según las informaciones y evidencias analizadas, no se configura el tipo penal de acoso sexual, establecido en el artículo 333-2 del Código Penal.