El exsenador Galán quiere su absolución caso Odebrecht

El exsenador Tommy Galán junto a sus abogados presentó su defensa ante el tribunal por el caso Odebrecht. FUENTE EXTERNA.

El exsenador Tommy Galán junto a sus abogados presentó su defensa ante el tribunal por el caso Odebrecht. FUENTE EXTERNA.

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Ramón Cruz BenzánSanto Domingo, RD

La defensa del exsenador Tommy Galán solicitó a los jueces del Primer Tribunal Colegiado del Distrito Na­cional, la absolución defi­nitiva por “insuficiencia de pruebas”, del escándalo de los sobornos de Odebrecht.

Los doctores José Ricar­do Taveras, Hiroito Reyes, José Fis Batista pidieron al tribunal absolver a su de­fendido por no probarse la acusación, y en consecuen­cia declararlo no culpable de incurrir en soborno, la­vado de activos y enriqueci­miento ilícito.

Asimismo, pidieron a las juezas Gisell Méndez, Ta­nía Yunes y Jisell Naranjo, además, levantar la inmo­vilización de sus fondos y el impedimento de salida del país que pesa en su contra.

Los abogados en su dis­curso de cierre solicitaron a las juezas rechazar la pe­tición del Ministerio Públi­co de imponerle cinco años de prisión y el decomiso de bienes y cuentas bancarias.

Los abogados les dijeron a las juezas que esperan jus­ticia, pues, aseguraron que el imputado no debió estar sometido por no haber in­currido en los alegados ilí­citos.

El tribunal recesó la au­diencia para el próximo lu­nes, a las 9:00 de la ma­ñana, a fin de que de la defensa de Roberto Rodrí­guez pueda iniciar con el discurso de cierre.

El martes pasado, la de­fensa del exsenador Galán consideró que el Ministerio Público, ni sus analistas fi­nancieros, habían logrado levantar ningún tipo de ac­tividad bancaria, financie­ra o social irregular que lo puedan incriminar en el ca­so Odebrecht.

La defensa planteó a los jueces del Primer Tribunal Colegiado del Distrito Na­cional que el Ministerio Pú­blico incurrió en ligereza censurable al imputar so­borno que nunca estableció ni cuantificó, falsedad y en­riquecimiento ilícito en con­tra su cliente implicado en el caso Odebrecht.

En esa ocasión, sostuvie­ron que el ente acusador a fin de sustentar la imputa­ción había hecho una serie de valoraciones plagadas de subjetividad, partiendo básicamente de un infor­me ya excluido sobre las de­claraciones juradas realiza­da por el exsenador de San Cristóbal, durante los años 2006, 2010 al 2016, según la cual, del 2010 al 2016, el patrimonio del exlegislador experimentó un crecimien­to injustificado, sustentado en recursos provenientes de soborno. Dijeron que el ente acusador no establece presupuesto fáctico de enri­quecimiento ilícito.