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Figura del perdón

La Finjus aboga por una ley que regule el indulto

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Ramón Cruz BenzánSanto Domingo

El vicepresidente ejecutivo de la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus), Servio Tulio Castaños Guzmán, abogó ayer por la aprobación de una ley que regule el indulto.

Aseguró que ese tipo de perdón podría ser visto como “una materialización expresa y constituida de un límite justificado a la división de poderes”, por lo que considera oportuno que el Congreso Nacional se aboque a la elaboración de una legislación que regule ese beneficio en el país.

“La figura del indulto es importante porque configura un claro ejercicio del principio de equilibrio de poderes consagrado en los textos constitucionales de la mayoría de los países de la región latinoamericana, permitiendo que el Poder Ejecutivo pueda coordinar acciones de freno y contrapeso al Poder Judicial”, enfatizó.

Indicó que el indulto es una medida de gracia mediante la cual una persona que ha sido condenada, por haber infringido las normas penales, obtiene el perdón del cumplimiento de la pena por parte de la autoridad competente.

Explicó que, de acuerdo al artículo 127, literal J de la Constitución Dominicana, corresponde al Presidente de la República conceder esta figura.

Señaló que entre del conjunto de problemas jurídicos que arrastra el país, pese a que se han modificado numerosas leyes y se ha reformado la Constitución en los últimos años, “está pendiente mejorar la regulación sobre la figura del indulto”.

Precisó que es importante tener en cuenta que el indulto, aunque borra la pena impuesta y la persona puede salir en libertad de inmediato, no borra la culpabilidad, como si lo hace la Amnistía, que es declarada por el Congreso Nacional, mediante Ley.

“Todos sabemos asimismo que era una práctica frecuente que el Poder Ejecutivo, especialmente a fin de año, otorgara algunos indultos, siempre de manera discrecional”, acotó.

Dijo que es importante que la medida jurídica sea debidamente regulada, para que se conceda en el marco de criterios adecuados y sirva al propósito constitucional que la crea.

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