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Distritos Municipales

Cabildos rechazan Alcaldía de La Vega cobre sus arbitrios

Los alcaldes de los cuatro distritos municipales de esta provincia endurecieron su postura en demanda de que la Alcaldía de La Vega deje sin efecto el cobro ilegal de los arbitrios en la demarcación de sus respectivos distritos municipales por servicios que ofrecen y ejecutan sus gobiernos locales, acciones estas que no permitirán, por ser ilegales.

Los alcaldes José Rafael Hernández (Negro), del distrito municipal de Ranchito; José Ramón Valdez, de Tavera; Antonio Ramírez Mendoza, de Río Verde Arriba y Francisco de Jesús de León Grullón del distrito municipal Juan Rodríguez, afirmaron que están dispuestos a llevar el caso hasta las últimas consecuencias, y que de ser necesario acudirán al Tribunal Superior Administrativo (TSA), ya que dicha acción es violatoria a todos los preceptos legales y municipales, en especial el artículo 78 de la Ley 176-07. “Los distritos municipales en virtud del artículo 199 de la Constitución, gozan de autonomía política, autonomía administrativa y autonomía financiera o presupuestaria, lo cual les otorga la facultad de autorregularse, autodirigirse y de planificar sus recursos, con el objetivo de resolver los asuntos de carácter local que les conciernen en su demarcación territorial. Así lo reconoce el Tribunal Constitucional, al señalar que la “autonomía, en el ámbito del derecho municipal, supone la capacidad de automanejo administrativo y económico de las municipalidades, bien sean municipios o distritos municipales”, aseguraron.

Mediante un documento dado a conocer a la opinión pública, los alcaldes precisaron, además, que los distritos municipales no son delegaciones desconcentradas de los municipios, como era antes de la promulgación de la Ley 176-07, que es la que rige al Distrito Nacional, los municipios y los distritos municipales; sino que son entes descentralizados con atribuciones y presupuestos propios, regidos por los artículos 199, 200, 201 y 202 de la Constitución de la República.

(+) GESTIÓN DE GOBIERNO ADMINISTRACIÓN: “El territorio de la República Dominicana se encuentra dividido en regiones, provincias, municipios, distritos municipales, secciones y parajes, con el objeto de facilitar la gestión de gobierno y la administración del Estado. Según el artículo 199 de la Constitución, los ayuntamientos y los distritos municipales son la base del sistema político administrativo local, de modo que cuenta con personalidad jurídica y potestad normativa, administrativa y de uso de suelo, fijada de manera expresa por la ley y sujetas al poder de fiscalización del Estado y al control social de la ciudadanía”, manifestaron.

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