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Fallos del TC

Cobro arbitrios enfrenta a cabildos con empresas

CASO. ALCALDÍA SANTIAGO TIENE CONFLICTO CON COMPAÑÍAS POR CASOS SEMEJANTES

Resultados. Seis resoluciones de alcaldías estableciendo el pago de arbitrios municipales fueron anuladas por el Tribunal Constitucional entre 2012 y el 2017.

Resultados. Seis resoluciones de alcaldías estableciendo el pago de arbitrios municipales fueron anuladas por el Tribunal Constitucional entre 2012 y el 2017.

La imposición de arbitrios municipales ha sido un elemento de conflicto entre los ayuntamientos y empresas, que ha dado lugar a acciones de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional.

Al menos seis resoluciones emitidas por alcaldías para establecer el pago de arbitrios municipales, fueron anuladas por el Tribunal Constitucional entre el 2012 y el 2017, y eliminó varios artículos de otras cuatro resoluciones municipales, por imponer una doble tributación o por carecer de competencia para fijar esos impuestos.

Las resoluciones anuladas fueron emitidas por los ayuntamientos del Distrito Nacional, Santo Domingo Norte, Santiago, Puerto Plata y los distritos municipales de Verón y La Caleta.

Actualmente, la alcaldía de Santiago mantiene un conflicto con varias compañías debido al cobro de deuda por concepto de arbitrios, lo cual motivó a que el 15 de octubre, el alcalde Abel Martínez, publicara en una valla los nombres de 10 empresas que no han cumplido con el pago.

Pago por rodaje El 2 de febrero del 2008, la empresa Cemex Dominicana S.A. impugnó ante el TC la resolución 121/2007, emitida por el Ayuntamiento de Santo Domingo Norte, el 23 de febrero del 2007.

Esa resolución dispuso el pago de RD$5.00 por cada metro cúbico que vendan las empresas hormigoneras que operan en el municipio y el cobro de una contribución por rodaje a los vehículos que se desplazan por su ámbito territorial transportando hormigón, que sería determinada por la Dirección de Impuestos y Rentas Municipales.

Esa disposición del cabildo de Santo Domingo Norte fue anulada por el tribunal constitucional el 29 de mayo del 2015, mediante la sentencia TC-107-15. El TC determinó que esa resolución es violatoria de la Constitución de la República, porque pretende crear un arbitrio sobre las ventas directas de las hormigoneras y gravar sus ingresos económicos que provienen de las actividades productivas que estas desarrollan en el referido ámbito municipal, sin que en tal sentido haya intervenido una normativa aprobada por el Congreso Nacional.

Cobro por parqueos El 21 de mayo del 2013, la Clínica Unión Médica del Norte impugnó la resolución número 2520-2001, dictada por la Sala Capitular del Ayuntamiento de Santiago de los Caballeros, el 23 de enero del 2001.

Mediante esa disposición, el cabildo de Santiago estableció que los comercios deben pagar una “contribución” de RD$ 100 mensuales por cada espacio de estacionamiento de un vehículo.

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