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deporte global

Un precedente en el Olimpismo

Antecedentes

Hace un tiempo que, escribimos un artículo titulado “La crisis en el COD”, y muchas personas nos expresaron que esto era una fábula; sin embargo, estalló la consecuencia de la crisis. El Comité Olímpico Dominicano atraviesa el peor momento de su historia, aunque es una institución privada, todo lo que sucede allí tiene importancia, porque es la única estructura que funciona en el deporte nacional.

Por lo tanto, vamos a evaluar quienes son los actores que han creado y profundizan la crisis, porque lo que ha hecho el grupo encabezado por Jose Manuel Ramos y Radhamés Tavárez, es el resultado de lo que ha venido sucediendo a lo interno de ese organismo, y responde a un mecanismo institucional, fundamentado en el Artículo 43 de los estatutos del COD. Por consiguiente, la norma es el recurso para resolver las disputas internas.

El secretario general, Luis Chanlatte, que se ha colocado por encima de los estatutos y la norma, con una serie de acciones que evidencian que desconoce todos los preceptos de un organismo colegiado, hasta tal punto que hace una declaración pública donde se auto incrimina, siendo su cuerpo del delito, en el programa “La Hora del Deporte” que produce Hector J. Cruz.

Durante la entrevista se expresó de manera imprudente, innecesaria, autoritaria y desafiante, que denota el total irrespeto al orden institucional y a sus compañeros, donde usurpa las funciones del presidente, establecidas en los estatutos, Artículo 45.1.1, donde se especifica quien es el vocero del COD.

Esto sucede con la mirada indiferente del presidente del Comité Olímpico Dominicano, Garibaldy Bautista, parece ser que está de acuerdo con la declaración de su secretario general, o no tiene el control del organismo, ya que inmediatamente estas declaraciones fueron emitidas, debió desautorizar públicamente a Chanlatte, lo cual no ha sucedido.

El COD ha venido operando con dos personajes en la sombra, los señores Chanlatte y Neftali Santana, donde la mayoría de los federados se encuentran desconsiderados, así como los empleados del COD, reinando el maltrato y el miedo. Existe una violación recurrente a los estatutos, así como una falta de autoridad.

Cuidando la legalidad y la legitimidad

Una realidad socio-deportiva, de muchos dirigentes del COD y federados, es que no respetan el organismo de máxima dirección, que es la Asamblea, establecido en la Ley 122-05 y su reglamento.

Los mecanismos estatutarios para poner fin a esta disputa interna; y garantizar la supremacía de la norma son: primero, que el secretario general y el presidente del COD, deben convocar a la Asamblea General Extraordinaria, con un tema único de agenda; establecido en el Artículo 24, para que se conozca de la renuncia de sus seis miembros, y, de esta manera evitar que sus funciones no se conviertan de facto, porque de lo contrario sus decisiones quedaran nula de pleno derecho.

Segundo, que una tercera parte de los miembros de la Asamblea soliciten la convocatoria, aunque el Artículo 14 del Reglamento 40-08 de Aplicación de la Ley 122-05, establece un 15% de los miembros; siempre y cuando los estatutos no lo dispongan de otro modo.

En consecuencia, debe realizarse una primera asamblea para conocer el tema de agenda, de conformidad a los plazos establecidos y, se prohíbe cambiar la misma, tanto en la Ley como en los estatutos del COD. Como la mayoría de los federados quieren unas nuevas elecciones en el COD, para llevarse a cabo debe realizarse otra asamblea, que no necesita cumplir los plazos, solamente que, en su apertura se debe justificar la razón de la urgencia.

En manos de los asambleístas se encuentran los mecanismos institucionales, para defender la democracia interna dentro del máximo organismo del olimpismo dominicano. Esta disputa, ni afecta, ni paraliza el deporte, muy por el contrario, lo que han hecho estos seis miembros del Ejecutivo, es un precedente por la institucionalidad, el respeto a la diversidad, y que será un recurso para el presente y futuro de las autoridades olímpicas; y si la ley y los estatutos son la respuesta a estas diferencias, el movimiento deportivo nacional saldrá fortalecido.

SEPA MÁS

• Luisín Mejía por su condición de ser miembro del COI, es miembro de ex oficio del Comité Ejecutivo del COD, pero su responsabilidad es proteger los intereses en el orden internacional.

• Luisín Mejía no puede, ni debe intervenir en una disputa interna del COD. Además, debe actuar por mandato, y existen las vías estatutarias para resolver este impase sin la necesidad de un tercero.