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Dos leyes que ameritan cambios

La nueva ley de símbolos patrios, que sustituye la que lleva más de cincuenta años, no ha merecido ninguna atención especial del Congreso pese a que fue sometida para su aprobación hace diez años.

¿A quién podría perjudicarle esa ley que el Congreso muestra tanta desidia en aprobarla?

El proyecto que ha estado engavetado en las cámaras legislativas procura derogar la ley vigente desde 1955. La intención es reunir en un solo cuerpo legal las disposiciones que tratan de manera dispersa sobre la Bandera, el Escudo y el Himno Nacional.

La idea es promover el amor hacia los símbolos patrios y su defensa y protección ante los ultrajes o malos usos que pudieran dárseles por ignorancia o por malévola intención antipatriótica.

¿Qué esperan los congresistas para demostrar auténtico amor a la Patria aprobando esta ley?

Los límites de la capital Cuando se aprobó la Ley 163-01, que crea la provincia Santo Domingo con un Distrito Nacional y tres municipios, se incurrió en una inadvertencia que, hoy por hoy, la convierte en defectuosa.

Por culpa de ese defecto, las sedes de dos importantes organismos, la Junta Central Electoral y el Tribunal Constitucional, que deben quedar enmarcadas en el Distrito Nacional, capital del país, figuran en la jurisdicción del municipio Santo Domingo Oeste, delimitada por la avenida Luperón.

Las leyes orgánicas de ambas instituciones establecen que sus sedes estarán en la ciudad capital y su jurisdicción se extiende a todo el país.

Esa ley debe revisarse para que la JCE y el TC vuelvan a formar parte de la ciudad capital, como mandan la Constitución y las leyes.

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