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LAVADO DE ACTIVOS

“El enfoque es quebrar el crimen organizado”

En el país aún no está muy claro el alcance de la Ley 155-17. Son muchos los que confunden la línea entre el momento en el cual entra como “sujeto obligado” un contador y un abogado que realizan labores de dependencia. Esto está ocurriendo en las áreas de negocios de entidades financieras y es una gran preocupación para estos profesionales y para sus asesores y empleadores, por lo que a juicio del experto en prevención de lavado de activos, Roberto Mella Cohn, se requiere aclarar la situación que está afectando a personas que ejercen como contadores en una empresa en la que son empleados, que tienen una relación de dependencia, cuando van a solicitar un financiamiento en la banca comercial privada.

Son sujetos obligados las personas o empresas que están obligadas a ofrecer información sobre una relación comercial que permita detectar el riesgo de lavado de activos, y prevenir el financiamiento para acciones para terrorismo. Mella Cohn precisó que los contadores y abogados entran como sujetos obligados cuando ofrecen servicios tipificados por la ley a clientes particulares, crean empresas y administran fondos; y por eso cree que hay que establecer la diferencia de que en primer lugar no hay relación de dependencia, porque el servicio lo llevan como profesionales independientes.

El experto recordó que la ley de lavado de activos viene acompañada de un delito precedente que es el que genera el lucro ilegal, el cuerpo del delito que genera dinero ilegal, generalmente vinculado al narcotráfico, proxenetismo, y casos de delitos tributarios, pero en el país hay otros que no se han adoptado y es la trata de personas, incluyendo inmigrantes ilegales; la falsificación y adulteración de medicamentos, alimentos y bebidas, soborno, contrabando, piratería y delitos financieros y otros, y casos de estafa contra el Estado, “que no han sido vinculados al lavad,o y que la población no sabe que tienen una alta vinculación como delitos precedentes”.

Quebrar el crimen Mella Cohn recalcó que el nuevo enfoque no solo de la persecución del crimen, es aislar el crimen organizado, por la creación del régimen de consecuencias que lleva hasta cárcel por 20 años y la incautación de los bienes a las personas que manejan el dinero, lo aceptan, lo administrano o lo ocultan.

Con esta Ley 155-17 se crea un cambio cultural y se amplía el abanico en la sociedad que frena el dinero que se produce del crimen.

Faltas En cuanto a la aplicación de faltas como medida de control, Mella Cohn precisó que esto no quiere decir que esos sectores estén involucrados en lavado de activos, aunque sí reconoce que se trata de inconsistencias que generan grandes sanciones administrativas por RD$4 millones en el sector no financiero y pueden llegar a RD10 millones en el sector financiero.

Las superintendencias de valores y de bancos han publicado las sanciones que han aplicado por 105 faltas. De estas, la SIB (Superintendencia de Bancos) aplicó un 43% y el 57% la SIV (Superintendencia de Valores). Un 55% en el sector cambiario y 45% para el sector financiero. En el área bursátil se han publicado faltas a puestos de bolsas y a administradoras de fondos de inversiones, reveló Mella Cohn, no porque esas entidades tengan complicidad, lavado o temas penales, “sino que el supervisor, el superintendente detecta temas que no están detallados o un expediente o una debida diligencia incompleta. No podemos hablar de una falta que te lleve a lo penal, sino simplemente a lo administrativo”.

Temas: El panel “El sector no financiero en materia de prevención del lavado de activos y el financiamiento al terrorismo: Mitos, avances y retos, que se llevará a cabo mañana en el hotel Crownw Plaza, del Malecón, tratará el impacto de la legislación en las Mipymes.

Asimismo, entre otros temas se expondrá sobre la Economía informal: impacto y tratamiento a la luz de la Ley 155-17, el Rol del abogado ante la ley: cuándo y qué reportar: excepciones a lan regla. Además, sobre el uso del dinero en efectivo, las sanciones administrativas y penales.

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