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RESOLUCIÓN

Altice: decisión del Indotel es un golpe a la seguridad jurídica y a la inversión extranjera

La empresa internacional de telecomunicaciones Altice, externó el lunes su desacuerdo ante la decisión del Consejo Directivo del Indotel en la que se dispone la aprobación de la fusión por absorción de las concesionarias Altice Hispaniola y Tricom, condicionada a la expropiación de 30MHz de espectro radioeléctrico, en virtud de la Resolución Núm. 056-17, emitida en fecha 25 de septiembre de 2017.

En un comunicado de prensa, Altice dice que el Indotel, en su calidad de regulador del mercado de las telecomunicaciones, ha tenido conocimiento desde 2013 de que la operación del Grupo Altice contemplaba la compra y eventual fusión de dos concesionarias de servicios de telecomunicaciones.

Bajo estas premisas en 2014, el Indotel ya hace su estudio de concentración de mercado con el escenario de fusión y aprobó sin restricción el cambio de control de Tricom y Altice. Ahora en 2017, donde Altice ha perdido mercado, "no hay justificación para que Indotel entienda que nuestra fusión provoca concentración de mercado", afirma.

“El mismo Indotel ha establecido en el 2011 los criterios de eficiencia de espectro, donde Altice claramente cumple con los parámetros aun considerando la fusión, incluso para comprar más frecuencias”, precisa.

Explica que a tres años del inicio del proceso y con un mercado menos concentrado, como admite el propio Indotel en sus dictámenes recientes, se adoptan medidas cuyo único resultado es restringir las operaciones de la única empresa capaz de lograr un equilibrio en el mercado y fomentar la competencia, presentando una verdadera alternativa frente a otra proveedora.

De acuerdo a Desirée Logroño, directora Senior de Relaciones Institucionales, la decisión de expropiar 30mhz de espectro a Altice fue tomada sin considerar los efectos negativos para los usuarios, ni los resultados de los estudios realizados por el propio Indotel los cuales colocan a Altice en segundo lugar, respecto de Claro quién concentra el 53% del mercado móvil y 71% del mercado fijo.

Peor aún su único objetivo ha sido perjudicar a la única empresa que ha retado el monopolio y le ha obligado a ésta a bajar sus precios, lo cual sí constituye un beneficio para los usuarios finales y un aporte al cierre de la brecha digital.

No podemos dejar de señalar que esta resolución sin precedentes se adopta sin que se identifique fehacientemente la existencia de un daño o de un beneficio social que justifique la obligación de entregar espectro.

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