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La residencia es para vivir en Estados Unidos

Pregunta.Tengo residencia americana pero vivo más tiempo en República Dominicana que en Estados unidos; nunca he trabajado allá, razón por la cual nunca he declarado impuestos. ¿Qué debo hacer?

Repuesta. Los residentes tienen que residir en Estados Unidos, requisito con el cual usted no cumple, lo recomendable es que usted entregue la residencia y solicite una visa de turista/paseo.

Pregunta. Solicité una visa de tránsito para viajar a Japón a través de Estados Unidos y me otorgaron una visa B1/B2 de 10 años la cual tengo entendido que es una visa de negocios y turismo, ¿qué debo hacer?

Repuesta. No tiene problema entre a Estados Unidos con su visa B2 y continúe su viaje a Japón.

Pregunta. Viajé a Estados Unidos embarazada y se me adelantó el parto. El niño nació en un hospital público donde me otorgaron una tarjeta de seguro y el Estado pagó todos mis gastos. ¿Qué de cierto hay que no debo viajar con el niño, pues me pueden cancelar mi visa?

Repuesta. Su visa de paseo como su nombre lo dice es para pasear; y cuando tiene un hijo y el Estado paga sus gastos usted se convierte en una carga pública. Lo que usted debe hacer es ubicar su deuda en el Hospital y hacer un plan de pago.

Pregunta. Tengo cita de residencia con mis dos hijos de 5 y 2 años de edad, si nos dan la residencia ¿necesitaré permiso del padre de mis niños para salir del país?

Repuesta. Sí. La Dirección General de Migración requiere el permiso de ambos padres para los niños menores de edad viajar fuera del país.

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