Principios de sobrevaluación

El miércoles 2 de octubre de 2013, el diario El País, de Uruguay, publicó que en América Latina cuesta 7 veces más que Europa construir una carretera. El valor promedio por kilómetro construido, en América Latina, es 1.2 millones de dólares. Lo que no nos pudo definir claramente, si es por las condiciones para la construcción, si es por la automatización, o si es por la corrupción.

El diario revela que según auditoría del Tribunal de Cuentas Europeo (TCE) comparó 24 proyectos viales realizados en España, Polonia, Grecia y Alemania, entre el 2000 y 2013. La conclusión fue que cada kilómetro cuesta aproximadamente: 116,000 dólares en Alemania, 164,000 en Grecia, 215,000 en España y 218,000 en Polonia.

En el caso de la Autovía del Coral, bajo ex ministro Víctor Díaz Rúa, se firmó por 360 millones y terminó en 400 millones, por 70 kilómetros de carretera, da un total de 5, 714,000 dólares por kilómetro.

Tomar en cuenta que el valor de las obras se divide al kilómetro, porque es lo que le cuesta por kilómetro al país, como con los contratos europeos, también incluyen los gastos legales en el precio. Recuerden siempre buscar los fundamentos de las partidas, por qué Punta Catalina, en las partidas, le pone de sueldo a un soldador 99.96 dólares (4600) la hora, cuando un soldador no cobra 1000 pesos al día. Las partidas solo muestran dónde puede estar la sobrevaluación y debemos recordar que la sobrevaluación es lo que los oferentes se ganan por encima de los márgenes promedio de la obra, pero un por ciento también es para darle más a los funcionarios por haberlas aprobado.

El soborno no se detiene porque un pago inicial para una obra sea soborno, los pagos mensuales o semestrales de lo que ganen la obra, pagado al mismo funcionario o ex funcionario, es soborno también, pues el funcionario decidió a favor de una empresa por sus beneficios, antes y luego de la selección, él no se decidió por la obra de esa compañía por los 3 millones de dólares, el decidió por los 3 millones más los pagos semestrales, todo es parte del soborno, pero lo que varía en materia en derecho es que la continuidad de los pagos hacen que la prescripción corra hasta después del último pago, no antes. Cabe resaltar que si una persona recibe un soborno por una obra, pero luego de varios pagos mensuales o semestrales cambian al funcionario, y el viejo funcionario llegara a dejar de percibir los beneficios y/o se les paguen al nuevo incumbente para que todo siga así, hace culpable al nuevo funcionario de lavado de activos y asociación de malhechores, porque el delito no se consuma hasta que termine la obra y los pagos. Si el nuevo funcionario es honesto, siempre puede detener la obra, y por eso se le paga a él para que no la detenga.

“La injusticia en cualquier parte, es una amenaza a la justicia en todas partes”. Martin Luther King

Tags relacionados