Señor
Miguel
Franjul Director Periódico Listín Diario
Paseo de los Periodistas No.52, Ens.
Miraflores
Ciudad.–
Referencia: Artículo de fecha 20 de junio, 2010, bajo la
firma de Fray Junípero Casablanca, titulado “ARS se deben juzgar por su
desempeño”.
Estimado
señor director:
En relación al artículo de referencia nos permitimos hacerle
algunas puntualizaciones sobre los juicios de valor emitidos sobre las Administradoras
de Riesgo de Salud, que no se corresponden con la verdad.
1.- En
primer lugar, aclaramos que toda persona que figure en una nómina como empleado
debe ser reportado a la Tesorería de la Seguridad Social y ésta a su vez sortea
a qué ARS va el empleado, este se acepta sin importar su condición de salud, de
la misma forma como se aceptan los dependientes (padres y madres).
2.-
Nuestro sector ha sido el precursor en respetar y hacer que se respete el
principio de “La libre elección” establecido en el artículo 3 de la Ley 87-01
que reza: “Los afiliados tendrán derecho a seleccionar a cualquier
Administrador y Proveedor de servicios acreditados, así como a cambiarlo cuando
lo consideren conveniente, de acuerdo a las condiciones establecidas en la
presente ley”.
Tanto
nos hemos empeñado en que se respete este principio que cuando se trató de
vulnerar este derecho a los empleados públicos acudimos a los tribunales de la
República a demandar su cumplimiento, iniciativa que fue acogida mediante la
sentencia No.0078-2008 del Tribunal Contencioso Tributario y Administrador d/f
07/08/2008.
Además
se trata de un principio consagrado en nuestra Constitución y que tanto no
puede ser vulnerado por ninguna disposición de administración, todo esto lo llevamos
a cabo en defensa de los afiliados al Régimen Contributivo del Seguro Familiar
de Salud; como consecuencia del uso de este derecho, 256,038 afiliados titulares
han ejercido su derecho a traspaso hasta el 31 de mayo, 2010. Es importante destacar
que de este total 125,600 afiliados, que representan el 49.05%, eligieron una
ARS privada.
La
Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) ha dictado las
Resoluciones Administrativas Nos. 00154- 2008 y 00176-2009 que regulan el
proceso de traspaso de afiliados entre ARS.
3.-
Todas nuestras asociadas mantienen programas de prevención, tanto asistencial
como no asistencial a favor de los afiliados, estas actividades son revisadas,
auditadas y comprobadas de manera permanente por el órgano regulador de las ARS
que es la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL).
En
cuanto a la atención primaria a nuestro sector le está prohibido la integración
vertical, mediante el artículo 122 de la Ley 87-01 que dispone lo siguiente: “Las
Administradoras de Riesgos de Salud (ARS) no podrán ser propietarias, ni tener
accionistas, con intereses económicos, directos o indirectos, con las Proveedoras
de Servicios de Salud (PSS), de igual forma, las Proveedoras de Servicios (PSS)
no podrán ser propietarias, ni tener accionistas, con intereses económicos,
directos o indirectos, con las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS)”. Por
lo tanto, son los prestadores de servicios de Salud los responsables de
establecer estos centros previo a su contrato con las ARS.
Estamos
demandando de las autoridades la Implementación del Primer Nivel de Atención
del Sistema, tal como lo establecen los artículos Nos. 129 y 152 de la Ley
87-01 que creó el Sistema Dominicano de Seguridad Social; entendemos que es la
única forma como se garantiza la sostenibilidad financiera del sistema y la
mejor forma de disminuir las odiosas diferencias que están cobrando los
especialistas a los afiliados al Régimen Contributivo del Seguro Familiar de
Salud.
4.-
Debemos aclarar que nuestro sector es el más fiscalizado de todos los actores
que conforman el Sistema Dominicano de Seguridad Social; todas las informaciones
técnicas, contables y financieras son enviadas en una base diaria, semanal y
mensual al órgano regulador, además tenemos un monitoreo electrónico permanente
de todas las actividades que realizamos.
Mantenemos
nuestros compromisos al día con todos los prestadores de servicios de salud, en
muchos casos nuestras asociadas tienen implementado los pagos electrónicos para
hacer más expeditos los procesos de pago.
Nosotros
somos los auténticos defensores de los afiliados al hacer uso eficiente de los
recursos que recibimos de los trabajadores y empleadores a través de la Tesorería
de la Seguridad Social para procurar una atención de salud oportuna y de la
mejor calidad.
Finalmente,
consideramos que toda la sociedad debe hacer sus mejores esfuerzos para
mantener vigente la más amplia conquista social del pueblo dominicano en las
últimas cinco décadas, todos debemos aportar nuestro granito de arena para que
continuemos por el sendero de la satisfacción de los afiliados, y sus
dependientes; que se cumpla con el principio de universalidad a fin de que
todos los dominicanos estén amparados dentro del sistema de salud.
Mucho
nos agradaría poder establecer una comunicación directa con el autor de este
artículo, para aclarar algunos conceptos erróneos, sin embargo desconocemos su
entidad ya que utiliza un pseudónimo. Este hecho llama la atención porque en un
estado de derechos y democrático como en el que vivimos, existe libertad de expresión
que permite que cada dominicano defienda abiertamente sus argumentos, a menos
que en este caso el pseudónimo se justifique porque representa oscuros
intereses que impiden dilucidar las ideas de manera transparente.
Mientras
quedamos a la espera de que se publiquen nuestras observaciones, hacemos
propicia la ocasión para saludarle, Muy atentamente,
José Manuel Vargas Q.
Presidente
Ejecutivo