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CORTE

Parejas gais colombianas podrán registrar a sus hijos engendrados en exterior

Fuente: Flickr/Till Krech/Referencial

Fuente: Flickr/Till Krech/Referencial

La Corte Constitucional colombiana falló ayer a favor de una pareja homosexual que reclamaba el derecho a registrar en el país a sus hijos biológicos engendrados en el exterior, confirmaron a Efe fuentes jurídicas.

La decisión se basa en una petición particular de dos colombianos que engendraron a sus hijos en Estados Unidos por el sistema de fertilización in vitro y en ese país figuran ambos como padres de los menores, agregaron esas fuentes.

Hasta el momento la Registraduría Nacional del Estado Civil no estaba preparada para registrar a los menores con padres del mismo sexo, por lo que ahora deberá "readecuar los formularios" de manera que los menores hijos de parejas del mismo sexo puedan ser anotados en el registro civil.

Además, al registrarlos como hijos, los menores tendrán acceso a la nacionalidad colombiana.

Esta sentencia complementa el fallo del pasado 4 de noviembre, por el que la Corte Constitucional dio vía libre, por seis votos a favor y dos en contra, a la posibilidad de que las parejas del mismo sexo adopten en igualdad de condiciones a las heterosexuales.

La decisión fue tomada durante la sesión de la Sala Plena de la Corte que resolvió una demanda contra tres artículos del Código de Infancia y Adolescencia que buscaba ampliar las condiciones para adoptar en Colombia y garantizar el derecho de los menores a tener una familia.

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