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No se aplicarán restricciones

Dan luz verde a venta de bebidas alcohólicas

DESDE EL LUNES 11 DE ESTE MES HASTA EL 7 DE ENERO DE 2018 NO HABRÁ RESTRICCIONES

Medida. La disposición de liberación de horarios durante las festividades navideñas es fruto del consenso a que se arribara luego de un proceso de consultas, encuentros y concientización con representantes de los citados establecimientos de diversión que, por lo general, registran mayores demandas en esta época del año.

Medida. La disposición de liberación de horarios durante las festividades navideñas es fruto del consenso a que se arribara luego de un proceso de consultas, encuentros y concientización con representantes de los citados establecimientos de diversión que, por lo general, registran mayores demandas en esta época del año.

El Ministerio de Interior y Policía (MIP) anunció ayer que a partir del lunes 11 de este mes no se aplicarán restricciones de horario a los bares, discotecas, colmadones, tiendas de licores y restaurantes con motivo a las festividades navideñas.

No obstante, la institución advirtió mediante un comunicado de prensa que no permitirá la presencia de menores de edad en lugares de expendio de bebidas alcohólicas ni los ruidos excesivos que afecten a la ciudadanía.

Según el MIP, a fin de prevenir y evitar acciones que atenten contra la seguridad de los ciudadanos y el orden público, reforzará la vigilancia en los establecimientos de diversión durante el periodo comprendido entre el 11 de diciembre de este año, hasta el domingo 7 de enero de 2018

El comunicado indicó que la disposición de liberación de horarios durante las festividades navideñas es fruto del consenso a que se arribara luego de un proceso de consultas, encuentros y concientización con representantes de los citados establecimientos de diversión que, por lo general, registran mayores demandas en esta época del año en todo el país.

“Reiteramos que a pesar de la flexibilización del horario, se deben respetar todas las demás normas y en particular la prohibición de entrada de menores de edad a establecimientos de expendio de bebidas alcohólicas y el suministro de estas bebidas a menores”, informó la institución.

Asimismo, el MIP sentenció que también se debe respetar la prohibición de porte de armas de fuego o armas blancas en esos establecimientos y la disposición de control de los ruidos nocivos y la prohibición de emisión por encima de los decibeles permitidos, con especial atención en zonas residenciales. Interior y Policía sostuvo que los dueños y administradores de esos establecimientos serán responsables directos del respeto a las normativas vigentes para garantizar la vida, la convivencia pacífica, la seguridad de las personas, bienes y el orden público.

Agregó que las violaciones a estas reglamentaciones conllevarán que las autoridades tomen las medidas pertinentes e inmediatas para restablecer el orden público, así como las sanciones correspondientes, tanto a los establecimientos como a las personas involucradas.

La entidad manifestó mediante su nota de prensa que la decisión de liberar los horarios a los negocios de expendio de bebidas alcohólicas se realiza con el interés de garantizar el derecho a la diversión dentro del marco de la prudencia y las facultades legales permitidas, de manera que la ciudadanía pueda festejar esta temporada navideña sin que con ello se favorezcan extralimitaciones que perturben los derechos de la ciudadanía.

LA VENTA DEL ALCOHOL FUERA DE LA NAVIDAD Según el Decreto 308-06, está totalmente prohibido el expendio de bebidas alcohólicas en colmados, discotecas, bares, casinos y centros de diversíón, a partir de las 12 de la noche de domingos a Jueves, y a partir de las dos de la madrugada los días sábados y domingos.

La violación a las disposiciones de ese decreto podrá dar lugar a1 cierre temporal o definitivo del establecimiento en que incurra en dicha violación, así como a la cancelación de las licencias o permisos correspondientes, sin perjuicio de cualquier otra sanción establecida en las leyes o reglamentos.

Es por tal razón que el Ministerio de Interior y Policía deberá velar por el fiel cumplimiento de ese decreto, debiendo promover las acciones que fueren pertinentes a tales fines de conformidad con las leyes.

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