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Las inundaciones

Danilo levanta estado de emergencia 15 provincias

EJECUTIVO HABÍA ADOPTADO DECISIÓN TRAS DAÑOS CAUSADOS POR LLUVIAS

Declaratoria. Una comunicación del Poder Ejecutivo fue leída ayer en la sesión de la Cámara de Diputados, comunicando la decisión de levantar la declaratoria de emergencia.

Declaratoria. Una comunicación del Poder Ejecutivo fue leída ayer en la sesión de la Cámara de Diputados, comunicando la decisión de levantar la declaratoria de emergencia.

El Poder Ejecutivo le comunicó a la Cámara de Diputados que ya fue levantada la declaratoria de emergencia emitida para 15 provincias afectadas por las inundaciones que se registraron en esos lugares a finales del año pasado.

Una comunicación del ministro administrativo de la Presidencia, José Ramón Peralta, dirigida a la presidenta de la cámara baja, Lucía Medina, fue leída en la sesión de ayer donde se le informa sobre el levantamiento de estado de emergencia, incluido en el decreto 39-17, del 14 de febrero de este año.

Este es un paso previo para poder culminar la presente legislatura, este miércoles 26, según lo establece la Constitución de la República.

La declaratoria de emergencia fue para enfrentar los daños causados por los torrenciales aguaceros en Puerto Plata, La Vega, Espaillat, María Trinidad Sánchez, Santiago, Duarte, Samaná, Sánchez Ramírez, Monte Cristi, Hermanas Mirabal, Hato Mayor, Valverde, El Seibo, Monseñor Nouel y La Altagracia.

En tal sentido el Poder Ejecutivo declaró de emergencia nacional, mediante los decretos 340-16 y 341-16 y 142-16, 344-16 y 346-16, las compras y contrataciones de servicios por varias instituciones del Estado.

El proyecto de ley El presidente Danilo Medina había sometido en noviembre de 2016 al Senado un proyecto de ley que lo autorizaba a declarar el Estado de Emergencia en 15 provincias afectadas por las lluvias, vientos e inundaciones, a fin de que el Gobierno y sus instituciones pudieran contar con las facultades extraordinarias para enfrentar los cuantiosos daños en vidas, viviendas, estructuras viales, agricultura y pecuaria en esas demarcaciones.

(+) MEDINA SE REFIRIÓ A LA CONSTITUCIÓN DE RD El jefe de Estado recordó el año anterior que conforme al artículo 265 de la Constitución de la República, el estado de emergencia, entre otras circunstancias, podrá declararse cuando ocurran hechos que perturben o amenacen perturbar en forma grave e inminente el orden económico, social y medioambiental del país.

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