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TRANSPORTE

El presidente Medina nombraría mañana al director ejecutivo del Intrant

El gobierno concluyó todos los preparativos para que a partir del próximo lunes entre en funcionamiento el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT).

Una fuente reveló a Listín Diario que los decretos nombrando al Director Ejecutivo, a los funcionarios departamentales y a los miembros del Consejo que regirá el Intrant, están listos y serían dados a conocer este lunes.

Como parte de los trabajos que realiza desde hace meses, la comisión que organiza el nuevo órgano que regirá todo lo relativo al transporte, ya rotuló los locales donde funcionarán sus oficinas centrales.

Tal y como publicó Listín Diario esta semana, el Intrant funcionará en el edificio donde está ubicada la Oficina Técnica de Transporte Terrestre, mientras que la Dirección de Licencias estará ubicada donde actualmente funciona la Dirección General de Tránsito Terrestre.

Algunas de las dependencias también funcionarán donde está ubicado el Fondo de Desarrollo del Transporte Terrestre (FONDET), en la Avenida Hermanas Mirabal, en el sector de Villa Mella.

Conjuntamente con el nombramiento del Director Ejecutivo del Intrant, serán nombrados otros funcionarios y luego será conformado el Consejo Directivo, debido a que, de acuerdo con lo que establece la Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, es el Consejo Directivo el que se encargará de la elaboración gradual de los casi 40 reglamentos que se requieren para que esa norma pueda entrar en pleno funcionamiento.

“El Consejo Directivo se constituye después de que sea nombrado el Director Ejecutivo del INTRANT”, precisó la fuente a Listín Diario.

Una vez elabore los reglamentos, el Consejo los remitirá al Poder Ejecutivo para su aprobación final y puesta en ejecución.

Varias semanas después de que fuera promulgada la Ley, la comisión que preside el ministro de la Presidencia, Gustavo Montalvo, inició los trabajos de organización del Intrant incluyendo la elaboración de los reglamentos en cuya labor han estado trabajando unos 80 abogados.

Como la Ley envuelve la ejecución de varios programas que van en la dirección de resolver los problemas que en la actualidad afectan el tránsito en todo el país, la comisión se ha estado reuniendo con organizaciones del transporte, representantes de más del 95% de los integrantes de ese sector, discutiendo las diferentes vertientes de la aplicación de la Ley

“Lo que se ha hecho hasta ahora es incluir a todos los integrantes del sector, de manera que nadie quede excluido, y en lo adelante todos los pasos que den serán informados y consultados con los miembros de ese sector”, precisó la fuente.

El Intrant, que sustituirá y absorberá las funciones del Fondo de Desarrollo del Transporte Terrestre (Fondet), la Dirección General de Tránsito Terrestre(DGTT), la Oficina Técnica de Tránsito Terrestre (OTTT); y el (Consejo para la Administración y Regulación de Taxis (CART).

El Intrant es el organismo que tendrá bajo su radio de acción todo lo relativo al sistema de transporte en la República Dominicana.

Fungirá como el organismo rector, nacional y sectorial descentralizado del Estado, con personalidad jurídica y autonomía administrativa, financiera y técnica, adscrito al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, encargado de cumplir y hacer cumplir el contenido de la ley.

Aunque especialistas en transporte y juristas alegan que de acuerdo con la Constitución, dos días después de que una ley es publicada en la Gaceta Oficial, entra en vigencia a nivel nacional, en lo que respecta a la Ley 63-17, la propia ley establece los reglamentos deberán ser revisados por los miembros del Consejo Directivo, que será conformado después que sea nombrado el director ejecutivo del INTRANT.

Según ley, el Intrant tendrá unas 42 responsabilidades, entre las que figuran el diseño y ejecución de la política nacional de movilidad, transporte terrestre, nacional e internacional, tránsito y seguridad vial.

Entre sus funciones están además, establecer los requisitos que deberán cumplir los conductores del transporte de carga, así como ejercer el control administrativo sobre la emisión de las licencias de operación para la prestación de servicios en las áreas de su competencia.

Algunas novedades de la Ley 36-17

Entre las novedades y disposiciones que contempla la nueva ley que crean ciertas expectativas y conflictos, figuran la restricción de pasajeros en motocicletas y el traslado de menores de ocho años en las mismas.

Los carros del transporte público deben tener un máximo de 15 años de antigüedad y no podrán cargar más de cuatro pasajeros y un conductor; así como sanciones para los ciudadanos que sean sorprendidos realizando competencias clandestinas en las calles y avenidas del país.

Según la Ley 63-17 los motociclistas sólo podrán trasladar a una sola persona como pasajero; ambos deberán llevar casco protector; eliminarán la circulación de vehículos chatarra en un máximo de diez años con el fin de disminuir su circulación y de los autobuses urbanos.

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