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DIPUTADOS

Gravan con tasa fija prestadoras telefónicas para sustentar sistema el 911

EL IMPUESTO CORRESPONDE A 0.02 DÓLARES POR LLAMADA INTERNACIONAL DE VOZ Y DE US$0.0025 POR MENSAJE INTERNACIONAL DE TEXTO

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Ramón Pérez ReyesSanto Domingo

La Cámara de Diputados aprobó ayer en segunda lectura el proyecto que impone una tasa fija a las prestadoras telefónicas de 0.02 dólares por cada llamada internacional de voz y de US$0.0025 por cada mensaje internacional de texto, recursos a ser destinados para la sostenibilidad del sistema 911.

La iniciativa acogida en segunda lectura con 101 de los congresistas de los Partidos de Liberación Dominicana (PLD), y aliados; Partido Reformista Social Cristiano (PRSC), y 37 votos en contra de la bancada del Partido Revolucionario Moderno (PRM), fija el graven para la ley del Sistema Nacional de Atención a Emergencia y Seguridad 9-1-1 y deroga la Ley No. 140-13.

La iniciativa que en lo adelante pasa al Senado, de la autoría del diputado Elías Serulle, crea una tasa para la sostenibilidad del Sistema Nacional de Atención a emergencia y Seguridad 9-1-1.

En el artículo 21 se establece una tasa para el desarrollo y la sostenibilidad del Sistema Nacional de Atención a Emergencias y Seguridad 9-1-1, correspondiente a un monto fijo de cero con dos centésimas de dólares de los Estados Unidos de América (US$0.02) o su equivalente en pesos dominicanos, según la tasa establecida por el Banco Central de la República Dominicana al día de la realización de la llamada, por cada minuto de tráfico de voz internacional entrante que termine en sus redes o transitada a las redes de otras prestadoras de servicios de telecomunicaciones.

También se fija un monto de cero con veinticinco (diez milésimas de dólares de los Estados Unidos de América (US$0.0025) o su equivalente en pesos dominicanos, según la tasa establecida por el Banco Central de la República Dominicana al día de la recepción del mensaje, por cada mensaje de texto (SMS) internacional entrante que termine en sus redes.

Según la ley las prestadoras de servicios de telecomunicaciones habilitadas deberán proporcionar al Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), las informaciones necesarias para la gestión de sus redes en relación a los servicios de voz y datos, sobre las conexiones de datos SS7 u otro protocolo de comunicación que se pudieren implementar en sus redes.

Asimismo las telefónicas deberán informar al INDOTEL sobre los datos de tráfico registrados y sobre sus relaciones comerciales con otras prestadoras de servicios de telecomunicaciones locales e internacionales.

La nueva ley establece que el personal de las instituciones de respuesta, siempre que actúe en ocasión de una emergencia autorizada por el Centro de Contacto del Sistema 9-1-1, serán considerados como oficiales públicos, y estarán provistos de un número único de identificación.

El Sistema Nacional de Atención a Emergencias y Seguridad 9-1-1, en coordinación con el Ministerio Público, es el organismo responsable de la planificación, el diseño e instalación de la red de video vigilancia urbana mediante cámaras de videos, así como la supervisión de las cámaras de seguridad en lugares públicos.

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