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ANÁLISIS DE LA PUCMM

Impunidad protege a aquellos no declaran bienes

El hecho. El análisis de la PUCMM establece que la falta de ejecución de un régimen de consecuencias protege a funcionarios que incumplen el mandato de transparentar sus bienes.

El hecho. El análisis de la PUCMM establece que la falta de ejecución de un régimen de consecuencias protege a funcionarios que incumplen el mandato de transparentar sus bienes.

En República Dominicana la impunidad y falta de aplicación de un régimen efectivo de consecuencias protegen a funcionarios que incumplen con el mandato legal de transparentar sus bienes materiales como manda la Ley 311-14 de Declaración Jurada de Patrimonio (DJP) y a su Reglamento de Aplicación (Decreto 92-16).

Así lo establece un nuevo análisis de la Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra (PUCMM) que arroja que al 30 de enero pasado, aunque ningún funcionario o exfuncionario dependiente directo del Poder Ejecutivo había dejado de presentar su DJP, “sólo el 5%, equivalente a 256 de 5,159 servidores públicos obligados a cumplir con ese requisito lo había hecho en tiempo hábil”.

La información la difundió el educador Fernando Ferrán, director del Programa de Estudios del Desarrollo Dominicano (PED), adscrito al Centro de Estudios Económicos y Sociales Padre Alemán, de la PUCMM.

El informe explicó que, conforme a las informaciones de la Cámara de Cuentas de República Dominicana (CCRD), “el 95% de los 5,159 funcionarios y exfuncionarios públicos obligados actualmente por ley a presentar su DJP ante ese organismo incumplen con esa obligación”.

Añadió que la violación de la ley en que incurrieron 4,903 servidores públicos se debió a que 4,124, equivalente al 84%, no presentó su DJP y a que 779 (16%) lo hicieron “en forma extemporánea”.

El PED, que tiene a su cargo el “Laboratorio social P. José Antonio Esquivel”, en coordinación con el Centro Juan XXIII, advierte “la impunidad que beneficia a todo incumbente o exfuncionarios que por uno u otro motivo incumple la ley y su reglamento”.

En ese contexto, constata “la ausencia casi absoluta de sanciones disciplinarias y/o penales de parte de los respectivos superiores jerárquicos, de la Procuraduría General de la República o de la Tesorería Nacional”.

“La Procuraduría General no ha informado ni siquiera respecto al menos una indagatoria o la elaboración de un solo expediente penal a propósito de los funcionarios que la Cámara de Cuentas le ha referido desde el 20 de abril de 2016 como infractores de lo dispuesto en la legislación dominicana”, señala el boletín.

Recuerda que la ley sanciona a los funcionarios que no presenten su DJP o a quienes se les comprueba que sus declaraciones contienen falsedades o fraudes van. El delito conlleva una calificación de falta grave o de tercer grado (Art. 14 de la Ley 311-14, que a su vez reenvía a la Ley 41-08 de Función Pública), hasta cárcel y multas por información falsa (Art.

15), confiscación de bienes ilícitos (Art. 16, Párrafo) y prisión (Art. 18).

El Laboratorio social del PED también señala el “incumplimiento reiterado” de la Ley 200-04 sobre Libre Acceso a la Información Pública en que incurre la Procuraduría General de la República respecto a este tema.

La Procuraduría General, plantea, tiene la responsabilidad de investigar y perseguir la falsedad de las declaraciones y someter a los funcionarios infractores (Art. 13, Párrafos 1 y 2); esto incluye la investigación por presunción de enriquecimiento ilícito de todo aquél que finalice en su cargo y no haya realizado su DJP (Art. 19).

Este tercer informe de seguimiento da cumplimiento de la Ley 311-14, correspondiente a febrero-abril 2017, el PED incluye información suministrada por la Cámara de Cuentas para muestra no representativa de cargos públicos a los que da seguimiento de manera habitual.

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