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A UNANIMIDAD

Diputados aprueban Ley de Transporte

LOS CONDUCTORES QUE VIOLEN LA LEY SERÁN CASTIGADOS CON MULTAS DESDE UNO HASTA 20 SALARIO MÍNIMO

La Cámara de Diputados convirtió en ley ayer el proyecto de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana, el cual crea el Instituto de Tránsito Terrestre (Intrant), que será el organismo rector y operativo del transporte de carga y pasajeros.

Los diputados acogieron, a unanimidad en una única lectura, las modificaciones hechas por el Senado.

La nueva de ley pasa ahora al Poder Ejecutivo para su promulgación u observación. Con esta quedará derogada la actual ley 241, que debido a su permanencia ha quedado obsoleta.

La presidenta de la Cámara de Diputados, Lucía Medina, saludó al Congreso Nacional y al proponente de la pieza, Tobías Crespo, por el trabajo realizado para dotar al país de una ley en materia de tránsito y seguridad vial.

“Quiero felicitar también a la comisión y a sus integrantes que por tanto tiempo tuvieron a bien ponerse de acuerdo todas las bancadas y poder producir y dejar un legado tan importante a la nación, el cual nos permitirá poder llevar el mejor camino de modernización, de control y prevención y los más importante que son las vidas de los seres humanos”, precisó Lucía Medina

A partir de la entrada en vigencia de la nueva ley, quedarán eliminadas : la Oficina Técnica del Transporte Terrestre (OTTT); Dirección General de Tránsito Terrestre (DGTT); Consejo para la Administración y Regulación de Taxis (CART); Caja de Pensiones y Jubilaciones para los Choferes del Transporte Público, y el Fondo de Desarrollo del Transporte Terrestre (Fondet).

También fusiona a la Autoridad Metropolitana del Transporte (AMET) y la Autoridad Metropolitana del Transporte de Santiago (Ametrasan), para crear la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett).

Las multas que se impongan a los conductores infractores de violar la ley, se distribuirá en un 75 por ciento se entregará a la Procuraduría General de la República, y el 25% al Intrant.

Los conductores que violen la ley serán castigados con multas desde uno hasta 20 salario mínimo; a los que provoquen incidentes lamentables de manera imprudente se le podrá cancelar la licencia de conducir desde uno a cinco años o reducirle de puntos al chofer por incurrir en violaciones.

Además enfatiza que los conductores del trasporte de pasajeros urbano e interurbano estarán sujetos a exigencia de calidad y no podrán abordar pasajeros que no estén parados en las paradas establecidas por las autoridades.

Según lo establecido en dicha ley, el Intrant será un organismo rector, nacional, sectorial, descentralizado del Estado, con personalidad jurídica, autonomía administrativa, financiera y técnica, adscrito al Ministerio de Obras Públicas, y se encargará de cumplir y hacer cumplir su contenido en el tránsito y transporte terrestre.

La persona que haya suido multado no podrá renovar licencia, revisar el vehículos ni traspasar el mismo, hasta tanto pague dicha multa.

El infractor tendrá un plazo de 30 días para pagar la multa o para impugnar ante un tribunal de transito la violación.

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