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Familias

35% de casos de guarda de niños son conciliados

Otros han sido solucionados mediante la mediación, una vía alterna de solución de conflictos del Poder Judicial.

Alrededor del 35 por ciento de los conflictos por la guarda de niños, niñas y adolescentes se resuelven en fase de conciliación en el ministerio público.

Sin embargo, aunque las partes lleguen a un acuerdo, el juez debe dar aquiescencia, mediante una sentencia de homologación. La procuradora de la Corte de Niños, Niñas y Adolescentes del Distrito Nacional, Maira Medina, resaltó que han producido una cantidad razonable de acuerdos.

El ministerio público de niños, niñas y adolescentes del Distrito Nacional ha recibido este año unos 950 expedientes relativos a conflictos por la guarda de menores.

Medina precisó que la mayoría de los casos son presentados por los padres como por las madres que reclaman la guarda de sus hijos. Consideró que los niños pueden estar bajo la protección tanto del padre como de la madre.

Explicó que lo más común es el reclamo entre padres, aunque recordó que también pueden ser hechos por otros parientes. La conciliación ante el ministerio público es una fase obligatoria en ese tipo de conflictos y cuando no se llega a ningún acuerdo se apodera al juez para que decida.

“Cuando se llega a acuerdo se levanta un acta de acuerdo y se lleva al juez para que lo homologue”, puntualizó.

Medina expuso que hay casos que ameritan una investigación y que se pide al juez que ordene alguna medida de protección de los niños cuando es necesario, debido a la situación de riesgo en que se encuentra.

Apuntó que no necesariamente la parte que solicita la guarda se le concede, y refirió que en algunas ocasiones se busca otro familiar o institución.

Mediación extrajudicial Otros conflictos por la custodia de menores han sido solucionados de forma extrajudicial en los centros de mediación familiar del Poder Judicial, que son una vía alterna de solución de conflictos.

En siete centros de mediación familiar que funcionan en el país, 385 familias han logrado solucionar los impasses por la tutela, con lo cual evitaron acudir a los tribunales.

Los casos resueltos en esos centros abarcan desde el 2009 hasta septiembre del 2016.

Mediante ese método de solución de conflictos, por lo general las mujeres quedan con la guarda de sus hijos, según precisó el coordinador de los centros de mediación, Alexis Peña.

Peña sostuvo que los acuerdos benefician a los niños, porque se hace de forma amigable.

“Es algo armonioso, por el hecho de que se hace de manera amigable, sin imposición de nadie”, resaltó.

Explicó que cuando los niños pasan de siete años se les invita al centro para escuchar su parecer sobre el tema, a fin de tomarlos en cuenta.

Manifestó que es muy significativo que las familias lleguen a acuerdos amigables sobre sus hijos.

“Al llegar a un acuerdo es un mensaje que le dan a sus mismos hijos y relacionados, ya que acuerdan con quien están mejor”, enfatizó. En los centros de mediación familiar trabaja un equipo de especialistas, como sicólogos, siquiatras y abogados.

(+) ENTREGAS DE GUARDA DE FORMA VOLUNTARIA Ministerio público: La procuradora de la Corte de Niños y Adolescentes del Distrito Nacional indicó que a veces las madres acuden al ministerio público de forma voluntaria para que se le otorgue la guarda al padre.

Sin embargo, la magistrada Maira Medina manifestó que cuando una madre quiere entregar la guarda de sus hijos de forma voluntaria primero se investiga para conocer las razones.

Expuso que a veces se debe a que la madre está desesperada por las precarias condiciones económicas, debido a que no cuenta con los recursos para mantener a los niños y tampoco recibe el apoyo del padre.

Manifestó que en esos casos se orienta a las madres, explicándoles que el papá está obligado a brindarles manutención a los hijos.

Sostuvo que la fase de conciliación se agota en unos 15 días y que la duración del proceso depende de las peticiones de las partes y la complejidad del caso.

Señaló que las personas tienen la opción de ir directamente al ministerio público o levantar un acto notarial del acuerdo y presentarlo al tribunal.

Empero, dijo que en todo caso el expediente es enviado al ministerio público para que emita su opinión, porque así lo dispone la ley 136-03.

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