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CÁMARA DE CUENTA

Dan plazo de 30 días, a partir del 16 de agosto, para que funcionarios declaren bienes

LA MEDIDA, SEGÚN LA CÁMARA DE CUENTA, ESTÁ CONTENIDA EN LOS ARTÍCULOS 5 Y 6 DE LA LEY 311-14

La Cámara de Cuentas de la República Dominicana (CCRD) declaró que los funcionarios públicos electos, reelectos, designados, ratificados o que continúen en sus cargos después del 16 de agosto de este año, deben proceder a depositar su declaración jurada de patrimonio en un plazo de 30 días a partir del 16 de agostos, fecha en que asumen y reasumen sus funciones.

La medida, según la Cámara de Cuenta, está contenida en los artículos 5 y 6 de la Ley 311-14.

La institución fiscalizadora, a través de un comunicado, dijo que los funcionarios también están obligados a cumplir con la medida en cumplimiento de la referida ley aquellos que hayan cesado en sus funciones.

La CCRD dijo que en su calidad de órgano responsable del control, fiscalización y aplicación de la referida legislación, “informa a todos los funcionarios públicos obligados por el artículo 2 de la referida ley y el artículo 3 de su Reglamento de Aplicación hacer su Declaración Jurada”.

La institución explica que los servidores públicos electos, reelectos, designados, ratificados o que continúen en sus cargos después del 16 de agosto de 2016, sin importar que hayan presentado su declaración con anterioridad, tienen que presentar su declaración jurada de bienes.

¿Quiénes deben declarar? Entre los estamentos que deben declarar se encuentran Poder Ejecutivo, Órganos descentralizados y autónomos, Legislativo, Judicial, Tribunal Constitucional, Tribunal Superior Electoral, Ministerio Publico, Defensoría del Pueblo, Junta Central Electoral y la Administración Local, que incluye los alcaldes, vicealcaldes, regidores y tesoreros municipales, así como los directores, vocales, tesoreros de los distritos municipales, el Secretario General y los subsecretarios de la Liga Municipal Dominicana (LMD). También los directores administrativos, financieros y encargados de copras y contrataciones de las entidades locales y la LMD.

Igualmente Servicio Exterior y Cancillería, Cámara de Cuentas de la Republica Dominicana, Contraloría General de la Republica, Tesorería Nacional, Banco Central, Junta Monetaria, Consejo Nacional de Seguridad Social, Fuerzas castrenses y Policía Nacional.

Asimismo, bancos y empresas estatales, universidad estatal y hospitales públicos.

¿Cómo hacerlo? La entidad explica que antes de proceder a completar el formulario de Declaración Jurada en línea, “todos los funcionarios deberán pre-registrarse ante la Oficina de Evaluación y Fiscalización del Patrimonio de los Funcionarios Públicos de la Cámara de Cuentas, llamando a los teléfonos 809-682-3290 extensiones 2100, 2101 y 2102, así como a los números telefónicos 809-687-3574 y 809-686-2778 en horario de 8:30 de la mañana a 4:00 de la tarde.

“Luego de formalizado el registro, deberán completar su Declaración Jurada de Patrimonio utilizando el Sistema Nacional Automatizado y Uniforme de Declaraciones Juradas de Patrimonio, accediendo a nuestra página web: www.camaradecuentas.gob.do”, dice la nota de la institución fiscalizadora.

Una vez completada la declaración, conforme al instructivo que se encuentra en la referida página, deberá imprimirse, legalizar su firma ante Notario Público y adjuntarse las pruebas documentales, en físico, que avalan la información incluida en la misma.

El formulario, conjuntamente con los soportes documentales, “deberán ser depositados en el plazo indicado en la Oficina de Evaluación y Fiscalización del Patrimonio de los Funcionarios Públicos de esta institución”.

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