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LEGISLADOR BUSCA QUE EMERGENCIAS RECIBAN USUARIOS

Presentan proyecto para evitar rechacen pacientes

CASTILLO PRESENTÓ LA PIEZA TRAS LA MUERTE DE CLAUDIO CAAMAÑO GRULLÓN

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Ramón Pérez ReyesSanto Domingo

El diputado de la Fuerza Nacional Progresista (FNP), Vinicio Castillo, sometió ayer a la Cámara de Diputados un proyecto de ley que tipifica como homicidio involuntario la negligencia de médicos o personal de una emergencia de centros de salud públicos o privados, que rehúsen prestar asistencia a un paciente en estado grave, producto de la cual éste pierda la vida.

Igualmente, el proyecto de ley plantea la responsabilidad civil de los centros médicos, públicos o privados, frente a los pacientes que en estado de gravedad les sea negado el servicio en emergencia. El legislador de la FNP alegó que esto constituye una violación a los derechos consagrados por la Ley General de Salud que indica en su artículo 28 que son derechos del ciudadano ser atendido en la emergencia de cualquier establecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud.

Castillo propone que sean pasibles de ser castigados con prisión de tres meses a dos años, y multa equivalente a cinco salarios mínimos y hasta veinte salarios mínimos, los médicos, paramédicos y personal que estando en una emergencia de un centro médico perteneciente al Sistema Nacional de Salud de la República Dominicana, se hayan negado o rehusado a asistir a un paciente en estado de salud grave, cuando se compruebe que producto de su actuación negligente el paciente haya fallecido.

A la vez, detalla, que el centro médico, público o privado, cuya emergencia rehúse recibir y prestar servicios médicos a un paciente en estado grave, será civilmente responsable frente al mismo y a sus familiares, en caso de que por esa actuación el paciente falleciera o quedara con lesiones permanentes. La acción civil contra el centro de atención médica perteneciente al Sistema Nacional de Servicios de Salud podrá interponerse de manera conjunta y por la vía accesoria a la acción penal que sea intentada contra el personal médico, o de manera separada e independiente de acción penal, en caso de que sea o no interpuesta por las víctimas.

Por último, precisa que los costos económicos incurridos por los centros médicos privados pertenecientes al Sistema Nacional de Servicios de Salud cuyas emergencias den asistencia en las primeras 24 horas a pacientes en grave riesgo de perder la vida, serán reembolsados por el Estado dominicano a través del Ministerio de Salud Pública en aquellos casos en que los pacientes de que se trate no tengan el seguro médico correspondiente o no tengan posibilidad económica (bienes muebles e inmuebles) que puedan responder a las deudas asumidas por los servicios médicos prestados en las emergencias de los centros de salud privados.

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