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SENTENCIA

El TC anula siete artículos Ley Difusión Pensamiento

LOS ARTÍCULOS PREVIAMENTE FUERON DECLARADOS INCONSTITUCIONALES POR EL ALTO TRIBUNAL

Proceso. Este mes se cumplen tres años de que se incoara el recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional.

Proceso. Este mes se cumplen tres años de que se incoara el recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional.

El Tribunal Constitucional declaró la inconstitucionalidad y anuló los artículos 30,31,34,37,46,47 y 48, de la Ley 6132 sobre Expresión y Difusión del pensamiento, que postulan entre otros aspectos un sistema de sanciones penales en los denominados delitos contra el honor.

La petición fue hecha en el 25 de febrero de 2013 con un recurso de inconstitucionalidad incoado por la Fundación Prensa y Derecho y los periodistas Miguel Franjul, director de Listín Diario, Osvaldo Santana, de El Caribe y Rafael Molina Morillo del matutino El Día.

En su resolución TC012013-0009, esa alta corte declaró “no conformes con la Constitución de la República los artículos 30, 31 ,34, 37, 46, 47, 48 de la Ley Sobre Expresión y Difusión del Pensamiento por violentar el artículo 13 de la Convención Interamericana de los Derechos Humanos en aplicación de los artículos 26.1 y 74.3 de la Carta Magna”.

Asimismo, declaró la nulidad de los artículos 30, 31, 34, 37, 46, 47 y 48 de la Ley 6132, sobre Expresión y Difusión del Pensamiento, “por los motivos antes expuestos”.

La Fundación Prensa y Derecho, Miguel Antonio Franjul Bucarelli, Rafael Osvaldo Santana Santana, y el doctor Rafael Molina Morillo, mediante instancia regularmente recibida el veinticinco de febrero de 2013, interpusieron ante el Tribunal Constitucional una acción de inconstitucionalidad contra los artículos 30, 31, 32, 33, 34, 35, 39, 40, 46, 47, 48 de la Ley núm. 6132, sobre Expresión y Difusión del Pensamiento, así como contra los artículos 368, 369, 370, 371 y 372 del Código Penal dominicano, con la finalidad de que se decretara la inconstitucionalidad de los referidos textos legales por alegada violación a los artículos 6, 7, 38, 40 numeral 8; 40 numeral 14, 49, y 74 numeral 3 de la Constitución de la República.

En la ocasión la Sociedad Dominicana de Diarios, publicó una petición dirigida a los magistrados del Constitucional para que eliminen, “en un tiempo razonable”, 11 artículos de la Ley 6132 de Expresión y Difusión del Pensamiento y cinco del Código Penal, a los que consideran que no son compatibles con la Constitución dominicana y la Convención Interamericana de Derechos Humanos. Asimismo, el director del Listín Diario y vicepresidente regional de la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) para la República Dominicana, Miguel Franjul, cree que el Tribunal Constitucional declarará inconstitucionales las normas que criminalizan los delitos de difamación. En la acción de inconstitucionalidad, establecieron que el sistema de responsabilidad penal por el hecho de otro que contemplan los artículos 46, 47 y 48 de la Ley 6132 quebranta el principio de supremacía constitucional enunciado en el artículo 6 de la Carta Magna y la Convención Interamericana de los Derechos Humanos.

Señalaban, además, que la existencia de penas privativas de libertad para quienes puedan incurrir en los supuestos delitos de difamación e injuria, constituye una “mordaza”, un “amedrantamiento” y una “espada de Damocles”.

“Esta es una situación que crea un clima de opacidad en la vida pública y de falta de transparencia de los actores del sistema político, lo cual se traduce en un ambiente propicio para la corrupción administrativa.

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