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PROCURADOR

Domínguez Brito solicita investigación caso prisión domiciliaria otorgada a Pascual Cordero (El Chino)

LA MAGISTRADA PILAR RUFINO FUE QUIEN TOMÓ LA DECISIÓN

El procurador general de la República, Francisco Domínguez Brito, solicitó a la Suprema Corte de Justicia (SCJ), abrir una investigación con relación a la medida de coerción de prisión domiciliaria que le fue otorgada por el Cuarto Tribunal Colegiado del Distrito Nacional a Pascual Cordero Martínez (El Chino), acusado de asociación de malhechores, lavado de activos y narcotráfico.

En una comunicación dirigida al presidente de la SCJ, Mariano Germán Mejía, expone que el 26 de enero del presente año el imputado Cordero Martínez fue presentado ante el Cuarto Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional para que la jurisdicción en referencia le variara las medidas no privativas de libertad que tenía el acusado, por la de prisión, producto de que el mismo se encontraba en rebeldía desde el 14 de septiembre del año 2015.

En ese sentido, expresa en un comunicado de prensa que para sorpresa del Ministerio Público, la decisión del tribunal fue dada en minutos y en la secretaría del tribunal y fijó el juicio para el 8 de febrero y el conocimiento de la variación de la medida de coerción para el 29 del mes en curso.

Señala que “esta decisión fue recurrida en oposición por la Fiscalía del Distrito Nacional que en su motivación expuso que “es irrazonable que habiendo la Fiscalía solicitado el imputado al Centro de Corrección y Rehabilitación de Anamuya, La Altagracia, con el objetivo de presentarlo al tribunal para que el mismo procediera a levantar la rebeldía y a conocer la solicitud de imposición de medida de coerción.

En la comunicación el procurador general argumenta que la magistrada Pilar Rufino, jueza del Cuarto Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, acogió el recurso de la Fiscalía y fijó el conocimiento de la variación de la medida de coerción para el día del conocimiento del juicio, es decir, el 8 de enero, día en el que no se produjo el traslado del imputado por lo que la audiencia fue fijada para el 9, fecha en la que se conoce la audiencia, y donde la jueza decide variar la medida de coerción al imputado por un arresto domiciliario, alegando que el mismo sufría un problema de salud.

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