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EN LA FISCALÍA SE CONCILIAN MÁS CASOS QUE LOS QUE SE SOMETEN AL TRIBUNAL

Acuerdos priman en denuncias de tránsito

EL 69% DE LOS CASOS FUERON SOLUCIONADOS EN LA FISCALÍA VÍA LA CONCILIACIÓN

Labor. Decenas de personas acuden cada día al tribunal de trànsito del DN, unos por accidentes de vehículos, otros por multas de AMET.

Labor. Decenas de personas acuden cada día al tribunal de trànsito del DN, unos por accidentes de vehículos, otros por multas de AMET.

La conciliación ha sido la vía más usada para solucionar la mayoría de las denuncias presentadas ante el ministerio público por accidentes de tránsito que han dejado lesiones físicas a peatones y conductores, o daños a los vehículos.

El 69 por ciento de los 2,054 expedientes trabajados por la fiscalía de tránsito del Distrito Nacional en el primer semestre del 2015 fueron resueltos mediante la conciliación, correspondiente a 1,247.

Solo 21 denuncias fueron judicializadas, es decir, que el ministerio público apoderó el juzgado de tránsito para que lo conozca y decida un juez.

“Nosotros privilegiamos la solución alterna de conflictos, que es la vía de la conciliación”, expresó el fiscal de tránsito del Distrito Nacional, Carlos Hernández.

Explicó que la conciliación tiene dos fases, la inicial, que es el momento en que van a la fiscalía donde se promueve un acuerdo, y en el tribunal en las fases de medida de coerción, preliminar y de juicio de fondo, cuando no hay avenencia entre las partes, donde también se puede llegar a un acuerdo.

Hernández enfatizó que un expediente que se judicializa necesariamente no termina con una condena, sino que puede concluir con una conciliación en todas las etapas del proceso.

En el primer semestre del 2015, la fiscalía de tránsito recibió 3,422 casos, de los cuales trabajó 2,054. En 151 levantó un acta de no acuerdo, equivalente al 8 por ciento. Fueron archivados 170, el 9 por ciento.

Aunque se impuso medida de coerción en los casos sometidos ante el tribunal, en ninguno consistió en prisión preventiva, lo cual Hernández atribuye a que “los accidentes de tránsito se reputan como un evento que causó un daño pero no existe la voluntad en la persona que lo provoca de causar ese daño”.

“Como el delito por el cual acusan a una persona no tiene consigo la voluntad de crear ese daño que le están imputando, la sanción es mínima, porque lo que se condena es la voluntad de obrar en perjuicio de una persona o de una cosa, en el caso de los vehículos”,

Los jueces colocaron tres tipos de medidas de coerción: garantía económica (18%), impedimento de salida del país (38%) y la presentación periódica (44%), según muestran las estadísticas suministradas por la Fiscalía de Tránsito.

El fiscal Carlos Hernández expone que hay eventos donde el juez impone la prisión preventiva porque la persona pudiera presumirse que su voluntad sí estuvo presente, pero aclara que ese caso ocurre excepcionalmente.

Apunta que en los accidentes de tránsito, además de que no hay la voluntad de crear el daño, existe la particularidad de que las personas van a la fiscalía a denunciarlo, lo cual entiende significa que no están huyendo del proceso.

Casos La mañana del jueves 14 de enero, el joven Manuel Grullón esperaba ser atendido en la fiscalía de tránsito del Distrito Nacional. Acudió allí con el ánimo de conciliar un conflicto por un accidente de tránsito, lo cual hizo ante el representante del ministerio público que levantó un acta de acuerdo entre él y la conductora del vehículo con el que tuvo un accidente de tránsito el 30 de diciembre del 2015.

Grullón narró que el accidente de tránsito ocurrió en el sector Mirador Sur, cuando él iba bajando por una calle y la conductora de otro vehículo no frenó en una intersección, provocando la colisión que generó daños en la parte delantera del auto que él conducía, propiedad de la institución para la cual trabaja.

“Tenemos un acuerdo, intercambiamos los datos, quedamos que íbamos a venir a resolver, una vez cerramos el acta de AMET vinimos aquí para llegar a un acuerdo para arreglarlo, la idea es llegar a un acuerdo, que ella asuma la culpa del choque y el seguro de ella pague una parte o el arreglo completo, si no que lo pague ella”, expresó.

Con igual propósito visitó esa fiscalía otro conductor que contó su caso prefiriendo el anonimato, debido a que el auto en el que andaba cuando ocurrió el choque es propiedad de la compañía para la que trabaja, la cual entiende perjudica si revela su identidad. Precisó que el choque causado por otro conductor le generó lesiones a dos personas que le acompañaban y daños al vehículo. “Nosotros venimos donde la fiscal para llegar a un acuerdo, para que el seguro pague”, indicó.

Relató que el accidente de tránsito ocurrió el sábado 9 de enero, cuando iba en una camioneta de doble cabina, en su carril normal,y el otro conductor en vía contraria, chocando casi de frente, resultando heridos sus acompañantes. Llamaron al sistema de emergencias 9-1-1, que llevó los acompañantes a la clínica y él fue a reportar el hecho a la AMET.

Sin embargo, ese conductor no se explica que lo dejaran arrestado ese día cuando fue a poner la denuncia si fue a él que lo chocaron.

Expresó que fue liberado porque un agente vecino suyo se hizo cargo cuando lo vio detenido. Soluciones

TIPO DE VEHÍCULOS USADOS Y CONDENAS En el 33 por ciento de los accidentes de tránsito reportados en la fiscalía en el período enero-junio del 2015, intervinieron automóviles; en el 15 por ciento motocicletas y otro 15 por ciento vehículos de carga. En otros casos, fueron camionetas, jeeps y autobuses.

En cuanto a la forma en que ocurrieron los accidentes, el 92 por ciento fue colisión entre vehículos, el 4 por ciento atropello a personas y el cuatro por ciento causó daño a la propiedad.

El 48 por ciento de los accidentes de tránsito ocurrieron de siete de la mañana a dos de la tarde, y el 31 por ciento entre las dos de la tarde a siete de la noche.

El 41 por ciento de los casos presentó algún agravante, entre ellos muerte y lesionados, el conductor no portaba licencia de conducir, estaba bajo los efectos del alcohol, no tenía seguro y abandonó la víctima.

En el 84 por ciento de los casos conocidos en juicio de fondo en el tribunal, el Ministerio Público obtuvo condena, con un total de 77 de los 92 fallados. Hubo 15 absoluciones.

Sin embargo, el fiscal Carlos Hernández precisó que la condena por lo general es de uno a dos años de prisión, dependiendo de la gravedad del caso, pero suspensiva de forma condicional, es decir, que el condenado solo va a la cárcel si incumple las condiciones que le impone el juez.

El fiscal Hernández sostiene que es una prerrogativa de los jueces suspender la ejecución de la condena, pero aclara que eso no significa que el demandado sea liberado de sanción, sino que queda sometido a condiciones.

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