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JUSTICIA

Rechazan acto en contra JCE

Acusaban la JCE de desacato a Ley 169/14, sentencia 168/13 del TC, Ley 169-44 de Registro Civil y la Constitución.

Acusaban la JCE de desacato a Ley 169/14, sentencia 168/13 del TC, Ley 169-44 de Registro Civil y la Constitución.

La Procuraduría General de la República declaró inadmisible la querella y constitución en actor civil presentada por varias personas y entidades agrupadas en la Red de Encuentro Dominico Haitiano Jacques Viau contra la Junta Central Electoral por supuestas discriminación y otras violaciones a los derechos humanos, por no haber entregado actas de nacimiento y cédulas de Identidad y Electoral a sus representantes.

En un dictamen firmado por el procurador general adjunto, Víctor Robustiano Peña, se destaca que la querella presentada contra la Junta Central Electoral no reúne las condiciones de fondo requeridas por el Código Procesal Penal Dominicano, y en consecuencia por no tener fundamentos para la sustentación de la ocurrencia del hecho punible, procede a rechazarla.

El ministerio público envió el dictamen, mediante comunicación al Presidente de la JCE, Roberto Rosario Márquez, en el que expresa que la disposición también favorece a los magistrados Rosario Graciano y César Francisco Féliz Féliz, contra quienes también estaba dirigida la querella, así como de los Oficiales del Estado Civil de las Oficialías de las Circunscripciones Primera y Segunda del Municipio de San Pedro de Macorís y de los Oficiales Civiles de Ramón Santana, y San José de los Llanos. Agrega que luego de someter la querella a un exhaustivo análisis y al tenor de lo expuesto precedentemente, la Procuraduría General de la República determinó que “las actuaciones de los supuestos querellados fueron realizadas en cumplimiento de las funciones ejercidas a nombre de la institución que representan.

“La disposición fue dictada de conformidad con los lineamientos constitucionales, la Convención Interamericana de los Derechos Humanos, la normativa legal vigente, reglamentos y jurisprudencia, observando las garantías constitucionales conferidas a las personas que habitan en todo el territorio nacional, cuyas reglas de igual forma fueron cumplidas por los encargados de las dependencias del órgano electoral”, precisa la decisión.

Entre las organizaciones que se querellaron contra la JCE se encuentran el Centro Cultural Dominico-Haitiano, el Movimiento Socio-Cultural de Trabajadores Haitianos, La Comisión Nacional de los Derechos Humanos, Movimiento de Mujeres Dominico-Haitianas (MUDHA) y la Colectiva Mujer y Salud. Habían acusado a la JCE y los citados funcionarios de desacato a la Ley 169/14, a la Sentencia 168/13 del Tribunal Constitucional, de la Ley 169-44 sobre el Registro Civil y a la Constitución de la República, entre otras supuestas violaciones, en perjuicio de sus representados.

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