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CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

El PLD somete recurso contra resolución JCE

NULIDAD. BUSCA SUSPENDER DECISIÓN QUE REDISTRIBUYE LAS DIPUTACIONES

El escrito de 29 páginas fue elevado al Tribunal Superior Administrativo por Reinaldo Pared Pérez, secretario general del PLD, a través de sus abogados César Pina Toribio y Olivo Rodríguez Huertas.

El escrito de 29 páginas fue elevado al Tribunal Superior Administrativo por Reinaldo Pared Pérez, secretario general del PLD, a través de sus abogados César Pina Toribio y Olivo Rodríguez Huertas.

El Partido de la Liberación Dominicana (PLD) confirmó ayer que sometió al Tribunal Superior Administrativo (TSA) un recurso con el que busca suspender la resolución número 06/2015, que establece la distribución de Diputados del Distrito Nacional y las provincias del país en las elecciones del 15 de mayo de 2016.

En las conclusiones del escrito de 29 páginas, el PLD, a través de su secretario general, Reinaldo Pared Pérez, y de sus abogados César Pina Toribio y Olivo Rodríguez Huertas, reclama la nulidad de la resolución emitida el 5 de julio pasado y notificada el primero de septiembre, por ser contraria al artículo 4, 93, numeral 1, letra d; 11 2y 197 de la Constitución de la República.

De manera subsidiaria, el PLD reclama, vía sus abogados, que la resolución de la JCE sea declarada nula en razón de que es contraria al derecho fundamental de la buena administración, al procedimiento administrativo predeterminado por la Ley y de los principios de racionalidad, coherencia y confianza administrativa consagrados en la Ley 107-13 sobre Derechos de las Personas en sus relaciones con la Administración y Procedimientos Administrativos.

En las consideraciones jurídicas, el PLD explica que presenta un recurso Contencioso Administrativo amparado en la Constitución de la República, en la que se dispone que los “Tribunales controlarán la legalidad de la actuación de la administración pública. La ciudadanía puede requerir ese control a través de los procedimientos establecidos por la Ley” (Artículo 139).

Se sostiene que transgrede el principio de coherencia, porque fue emitida apenas faltando meses para el certamen electoral, y cuando ya son de conocimiento los pactos y alianzas.

Se precisa también en el recurso, recibido el pasado día 29 de septiembre en la secretaría del Tribunal Superior Administrativo, que se ha desconocido en doble vertiente el principio de legalidad y juridicidad, que condiciona su actuación Los juristas, en representación del PLD, consideran que la resolución de la Junta Central Electoral vulnera el principio de Reserva de Ley y el de Separación de los Poderes del Estado, también vulnera el derecho Fundamental a la Buena Administración y desconoce el Derecho de las personas para la aprobación de normas de carácter general.

En la primera de sus conclusiones el recurso presentado por el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) ante el Tribunal Superior Administrativo, reclama, en cuanto a la forma, declararlo bueno y válido por haber sido interpuesto en los plazos y en la forma establecidos por la ley vigente.

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