Santo Domingo 23°C/26°C thunderstorm with rain

Suscribete

DIPUTADO BISONÓ

Asegura proyecto no incluye uso de fusiles

Debate. El diputado Víctor -Ito- Bisonó expresó que llamará nueva vez a consulta para lograr un consenso en Ley de Armas.

Debate. El diputado Víctor -Ito- Bisonó expresó que llamará nueva vez a consulta para lograr un consenso en Ley de Armas.

Debate. El diputado Víctor -Ito- Bisonó expresó que llamará nueva vez a consulta para lograr un consenso en Ley de Armas.

La inclusión del fusil para uso de la población civil parece el “punto de discusión” en el proyecto de ley para el control y regulación de armas de fuego, cuyo proponente, Víctor Bisonó anunció ayer que lo reintroducirá en la próxima sesión.

El diputado aclaró que la iniciativa no contempla el uso de armas automáticas para la población civil y que los fusiles a los que se refiere son los de cerrojo, con un solo tiro, para uso en actividades deportivas y de cacería y son parte de las legislaciones internacionales.

Ito Bisonó anunció que llamará nueva vez a consulta para lograr el consenso y reintroducir al Congreso Nacional su proyecto, del que dijo tiene diez años en discusión y ha perimido cuatro veces.

Considera que las observaciones que se han hecho al proyecto en los últimos días están divorciadas de la realidad, al asumir que se pondrá en manos de civiles armas de guerra como las M-16, que están prohibidas en la pieza.

Insistió en que el espíritu del proyecto es dotar al país de una legislación moderna y ajustada en su terminología a las de otras naciones de la región.

Reunión Anunció que cerca del mediodía de hoy se reunirá con el procurador Francisco Domínguez Brito, quien ha objetado algunos de los planteamientos.

“Lo vamos a oír, se van tomar en cuenta sus opiniones, y la opinión de cualquiera e individualmente está sujeta a las comisiones de trabajos, al pleno de la Cámara de Diputados y del Senado, luego de que se tenga la ley, entonces esta va al Poder Ejecutivo”, adujo.

(+) ARTÍCULO HA GENERADO LA CONTROVERSIA El artículo 6: Párrafo III.- Se consideran armas de uso civil todo tipo de pistolas y revólveres, escopetas, rifles y fusiles deportivos, carabinas y fusiles que no estén incluidas en las prohibiciones y restricciones.

Estas armas podrán ser utilizadas por civiles sujetos a las normas establecidas en la ley. Se incluyen armas deportivas con funcionamiento de recarga mecánica o semiautomática, destinadas a eventos olímpicos o promovidos por entidades deportivas reconocidas. Las armas de uso civil se sub-clasifican de la forma siguiente: 1) Armas para protección personal; 2) Armas para protección de objetivos; 3) Armas de uso deportivo y caza; y 4) Armas de colección.

Tags relacionados