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EDITORIAL

Una victoria para la libertad

La sentencia del Tribunal Constitucional que anula algunos artículos de la ley 6132, sobre expresión y difusión del pensamiento, es una victoria esplendente para la libertad de prensa en nuestro país.

Y más que para la prensa, es una victoria para todos los ciudadanos cuyos derechos a la libre emisión de sus ideas están taxativamente garantizados por la Constitución y las convenciones internacionales vinculantes.

Lo que ha decidido el Tribunal Constitucional al considerar no conformes con la Carta Magna siete artículos de dicha ley, promulgada el 15 de diciembre de 1962 por el Consejo de Estado, pavimenta la vía para desmantelar por completo otras disposiciones inconstitucionales que aún subsisten en dicha legislación.

Lo fundamental de este primer paso es la eliminación de las penas de prisión o de multas que castigaban los llamados delitos de palabra y la anulación del efecto cascada por virtud del cual se establecía una escala de responsabilidades, comenzando por el director de una publicación hasta otros ejecutivos de redacción y administración, frente a los casos de difamación e injuria que se hubiesen comprobado en juicio.

Los artículos anulados, así como otros aun vigentes, incubaban en su origen una censura previa que forzaba a los medios a inhibirse de publicar denuncias o declaraciones que siendo inclusive “dubitativas” pudieran entenderse lesivas al honor de los funcionarios públicos, diplomáticos o gobiernos extranjeros o a la dignidad de cualquier ciudadano.

El recurso de inconstitucionalidad presentado en el 2013 contra estos y otros artículos de la ley 6132 y del Código Penal por los directores de los diarios El Caribe, El Día y LISTÍN DIARIO y la Fundación Prensa y Derecho, procuraba devolver al derecho a la libre expresión del pensamiento todo el esplendor del que debe gozar en una sociedad democrática.

Y nos parece que, en sentido general, este objetivo se ha logrado con la histórica sentencia del Tribunal Constitucional que echa al suelo buena parte del andamiaje de sanciones penales que, como incómodo yugo, tenían en sus gargantas los medios de comunicación del país, limitando sus plenos derechos y el de todos los ciudadanos a expresar sus ideas sin cortapisas ni anacrónicas condicionantes.

Con este fallo, el Tribunal Constitucional vuelve a demostrar que está cumpliendo con su suprema responsabilidad de salvaguardar la Constitución de toda ley o acción que colida con sus sagrados mandatos y, más que nada, con los de la Convención Americana de los Derechos Humanos para todos los ciudadanos de las sociedades libres y democráticas y aun para los que todavía no pueden disfrutar de estas prerrogativas fundamentales.

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