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DESAYUNO DEL LISTÍN

El rendimiento neto de las inversiones pasa de 10% en fondos de pensiones

El titular de la Superintendencia de Pensiones, Ramón Contreras, reconoce que las mayores inversiones están en bonos y títulos.

Encuentro. Ramón Contreras, superintendente de Pensiones, en compañía de ejecutivos de la entidad, conversa con el director del LISTÍN DIARIO, Miguel Franjul; con Cándida Acosta; y Lilian Tejeda. Contreras aseguró que hay tiempo para hacer las correcciones a los reclamos que se hacen a la Ley 87-01.

Encuentro. Ramón Contreras, superintendente de Pensiones, en compañía de ejecutivos de la entidad, conversa con el director del LISTÍN DIARIO, Miguel Franjul; con Cándida Acosta; y Lilian Tejeda. Contreras aseguró que hay tiempo para hacer las correcciones a los reclamos que se hacen a la Ley 87-01.

El rendimiento generado por las inversiones de los fondos de pensiones del sistema previsional, a 14 años de la puesta en vigor de la Ley 87-01 que crea el Sistema Dominicano de la Seguridad Social, “ha sido bastante exitoso”, a juicio del titular de la Superintendencia de Pensiones, Ramón Contreras.

El sistema opera sobre la base de un catálogo que establece dónde deben ser invertidos los fondos de pensiones.

Indicó que el 73% de las inversiones se encuentran en bonos del Banco Central y Hacienda.

Contreras lamenta que esto suceda. “Digo lamentablemente, porque el sistema productivo dominicano no ha querido realizar las emisiones de lugar para que los fondos de pensiones vayan y dinamicen aún más la economía dominicana”, indicó.

Sin embargo, el funcionario precisó que se trata de una “cuestión de tiempo”, porque los fondos estaban colocados en un 100% en bonos del Banco Central y en papeles del Estado y se ha logrado que esto haya ido disminuyendo.

Recalcó que en los últimos tres años se han aprobado una gran cantidad de inversiones privadas, pero se requiere un mercado de valores más activo, que demande más de los fondos, que hasta ahora ha sido muy buena, superior al esquema latinoamericano.

“Los fondos están rindiendo más de un 10% neto, y a un 7% cuando restamos la inflación, o sea, que en cuanto a rendimiento se refiere, ha sido bastante exitoso el desempeño de los fondos de pensiones en República Dominicana”, indicó.

A su juicio dice esperar un mayor éxito, de forma que se puedan financiar carreteras, acueductos, infraestuctura, y energía; este último renglón donde más han ido, especialmente a proyectos en energía eólica, renovable, y donde ha habido un despertar para el desarrollo económico de la nación.

Cifra Solo un 3% de los afiliados al sistema de pensiones realiza aportes de forma voluntaria, generalmente son las personas que cotizan bajo regímenes especiales.

Funcionamiento del sistema El Sistema Dominicano de Pensiones opera bajo tres esquemas: régimen subsidiado, régimen contributivo y el régimen contributivo subsidiado.

En la actualidad, solo está funcionando el régimen contributivo que soporta el sistema con el aporte de los empleadores y los trabajadores.

Con el sistema previsional se busca dar protección mediante una cobertura que garantice a los afiliados una tasa de reemplazo de los fondos que gana al momento del retiro para una vejez digna, que cubra los riesgos de discapacidad, la sobrevivencia (por muerte) y la cesantía por edad avanzada.

Antes de la puesta en ejecución de la Ley 87-01, sobre Seguridad Social, se aplicaba la Ley 1896, de 1948; y posteriormente en 1981 se creó la Ley 379-81, que creó el Sistema de Reparto, que solo cubre a los empleados del sector público hasta un valor máximo de ocho salarios mínimos. En este esquema opera un Reparto Individualizado.

Actualmente, el sistema previsional es mixto, porque incluye además del esquema de Reparto a las Cuentas de Capitalización Individual (CCI), con un tope máximo de hasta 20 salarios mínimos.

En el sistema conviven otros esquemas especiales como el del Banco Central, la UASD, la Junta Central Electoral, Inabima, entre otros.

Al 15 de agosto de este año 2017, el sistema de pensiones tenía registrados 3.6 millones de afiliados, de los cuales 1.7 millones son cotizantes activos, es decir que 47.5% de la población afiliada actualmente se encuentra cotizando al sistema, y de estos 1.5 millones están afiliados en el régimen de Capitalización Individual, según datos de la Sipen.

En tanto que, al cierre del 31 de julio de este mismo año se han otorgado 5,994 pensiones por discapacidad, 6,951 por sobrevivencia en beneficio de 16,593 beneficiarios.

En promedio, los pensionados por discapacidad y sobrevivencia ascienden a RD$7,480.45 y RD$10,874.75.

Según datos de la Sipen, el Patrimonio de los fondos de pensiones ascendió a RD$486,290.9 millones, de los cuales un 78.4% están en las Cuentas de Capitalización Individual (CCI), equivalentes RD$381,111.6 millones; y un 6.6% a planes de Reparto Individualizado, con RD$32,294.8 millones. Además, 0.04% a planes complementarios, ascendentes a RD$203.3 millones; un 5.4% al fondo de solidaridad social, con RD$26,209.3 millones; y un 9.3% al Instituto Nacional de Bienestar Magisterial (Inabima), con RD$46,471.8 millones.

El superintendente de Pensiones participó en el Desayuno de LISTÍN DIARIO en compañía de Zoila Martínez, directora de Estudios; Juan Carlos Jiménez, director de Beneficios; Priscila Montás, secretaria de la Comisión Clasificadora de Riesgos y Comité de Inversión; Franklyn E. Díaz Casado, director de Control Operativo; Arianny Pérez A., directora de Finanzas e Inversiones; y Leymi Lora Córdoba, consultora jurídica, a propósito de una serie de reportajes publicados en este medio sobre el impacto del sistema de pensiones a 14 años de la Ley 87-01.

(+) PEDIRÁ QUITAR REEMBOLSO FONDO POR INGRESO TARDÍO DATO. El superintendente de Pensiones, Contreras, considera que es una muy mala solución entregar a los cotizantes el dinero por “ingreso tardío”. En la actualidad, a más de 100,000 personas se les han devuelto RD$10,411 millones. La Ley 87-01 contempla que los cotizantes al sistema que tenían 45 años de edad o más “ingreso tardío” puedan retirar en un solo pago el monto acumulado en sus Cuentas de Capitalización Individual (CCI) antes de la entrada en vigor de esa legislación, “si dichos saldos no son suficientes para el pago de al menos una pensión mínima”.

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