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DEBATE

Temen ley de lavado sea instrumento de persecución

Marisol Vicens, en el Desayuno temático de la AIRD, reveló que el reglamento de la Ley de Lavado, que debe entrar en vigencia el primero de agosto, aún no se ha redactado.

Exposición. Marisol Vicens señala las implicaciones de la Ley de Lavado de Activos.

Exposición. Marisol Vicens señala las implicaciones de la Ley de Lavado de Activos.

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Patria Reyes RodríguezSanto Domingo

El sector empresarial mostró su preocupación ayer respecto a lo que consideran algunos puntos débiles de la Ley Contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo (Ley 155-17), señalando que podría convertirse en un “instrumento de persecución” o de “cacería de brujas”.

En este punto coincidieron el presidente de la Asociación de Industria de la República Dominicana (AIRD), Campos de Moya y la consultora jurídica, Marisol Vicens, en su participación en el Desayuno Temático sobre “Ley de Lavado de Activos y sus Implicaciones para el Sector Empresarial”, realizado ayer en los salones de la Torre Empresarial.

De Moya externó su preocupación respecto a la recién aprobada Ley 155-17, que busca refrenar el lavado de activos en el país, y señaló que “si no contamos con instituciones fuertes y con reglas de juego claras en las que no exista la discrecionalidad ni propósitos particulares o políticos en las decisiones; si no contamos con una justicia independiente, fuerte, imparcial, esta ley podría tener repercusiones negativas en las empresas, en la facilitación de negocios y en la atracción de inversiones, y hasta podría convertirse en una cacería de brujas que más que bien haga daño a nuestra sociedad”.

Consideró que el lavado de activos es una empresa criminal que “opera como una especie de veneno para la economía y especialmente para las empresas formales, constituyendo una amenaza permanente para las mismas, para las arcas del Estado y para la estabilidad social y política”.

El presidente de la AIRD, en sus palabras de apertura al desayuno temático indicó que el sector empresarial está llamado a conocer las implicaciones de esta ley, sus debilidades, las formas de cooperar para que el lavado de activos no implique daño al quehacer empresarial, sobre todo, por el énfasis que se ha puesto en los “sujetos no financieros”, de los cuales dijo forman parte.

Destacó como un aspecto nuevo contemplado en la legislación, la inclusión de delitos que se consideran precedentes o determinantes del delito de lavado, entre los cuales la ley enumera: prevaricación y delito cometidos por los funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones; delito tributario; piratería de productos; delito de medioambiente; falsificación y adulteración de medicamentos, alimentos y bebidas.

Campos de Moya refirió que los métodos para el blanqueo de activos procedentes de actividades ilícitas están muy diversificados en el mundo y que estos constituyen una preocupación global. “Es tal la magnitud de su significación económica que la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, en el 2015, reportó que significaba US$20 trillones referidos al lavado de dinero en las 20 economías más grandes del planeta”, enfatizó el líder de los industriales.

El desayuno temático de la AIRD contó con un panel de expertos integrado por Marisol Vicens, Pedro Urrutia y Pelagio Alcántara, quienes abordaron las implicaciones de la ley desde las perspectivas jurídicas y tributarias.

Vicens valoró el impacto positivo que tendría esta normativa en función del combate del lavado de activos, sin embargo, coincidió con Campos de Moya en cuanto a que la misma podría convertirse en un “instrumento de persecución” o para “cacería de brujas”, por la discrecionalidad que permite a los reguladores de considerar como “sujetos obligados” otros actores no señalados por la ley.

“Esta ley no puede ser utilizada como un instrumento de persecución, y sobre todo como persecución de unos cuantos, ya que lamentablemente vivimos en un sistema donde están, los que están y los que no están, los formales y los informales”, enfatizó Vicens.

Reglamento aún no se redacta La experta en materia jurídica, Marisol Vicens, reveló que según informaciones confiables obtenidas, el reglamento de la Ley 155-17, que debe ponerse en vigencia al primero de agosto, aún no se ha elaborado. En ese sentido, sugirió al sector empresarial participar en la redacción del mismo para incidir positivamente en el mismo.

“Reviste especial importancia que nosotros podamos incidir positivamente en la redacción de este reglamento, sobre todo, ya que la ley no estableció una gradualidad. Aquí hay muchos aspectos que probablemente van a requerir de gradualidad”, indicó Vicens al exponer sobre los puntos débiles de la legislación.

Dijo que si en el reglamento no se se precisan algunos puntos, entidades como las de intermediación financiera e inmobiliarias podrían ver disminuido significativamente su ritmo de sus operaciones y sus transacciones. “ Todas las acciones a nivel corporativos se van a ver afectadas por las incidencias y requerimientos de la ley”, insistió Vicens.

((OTROS ROLES URRUTIA DICE LEY DA OTRAS FUNCIONES A LA DGII Durante el panel realizado en el desayuno temático, el experto en materia contable, Pedro Urrutia, refi rió que ante las disposiciones de la referida Ley 155-17, la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) asume no solo el rol recaudador, sino también de vigilancia y sindicador de operaciones sospechosas de lavado de activo.

Refirió con preocupación que las entidades reguladoras la discrecionalidad con que las entidades reguladoras podrían considerar otros “sujetos obligados”, según contempla la ley recientemente aprobada por los organismos competentes.

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