Instan evitar el “ahorro ilegal”

El superintendente de Bancos, Luis Armando Asunción, destacó la conveniencia de que las personas depositen sus ahorros en las entidades de intermediación financiera reguladas, sujetas a la Ley Monetaria y Financiera número 183-02, y no en empresas y personas físicas que captan recursos al margen de la misma, ofreciendo, por su estado y “proceder ilegal”, altas tasas de interés.

Asunción indicó que conforme a lo establecido en la Ley Monetaria y Financiera número 183-02, del 21 de noviembre de 2002, la intermediación financiera, definida como la captación habitual de fondos del público con el objeto de cederlos a terceros, está sometida al régimen de previa autorización administrativa y supervisión continua, de acuerdo con una nota de prensa.

Adicionalmente, destacó que la Superintendencia de Bancos (SIB) ha venido ejecutado un proceso de saneamiento del Sistema Financiero, orientado a excluir aquellas entidades de intermediación financiera que no presentan perspectivas de continuidad de negocios y representan riesgos para el pago de los ahorros de los depositantes.

Precisó que la SIB protege los recursos de los depositantes y que con la disolución de una entidad de intermediación financiera, el Organismo Supervisor garantiza que al menos el 96% de los depositantes reciban el pago de sus ahorros, como ha ocurrido en casos recientes de conocimiento del público, sostuvo el funcionario en un almuerzo con representantes de medios de comunicación.

Asunción señaló también que el artículo 64, literal C, de la Ley Monetaria y Financiera contempla la garantía de depósitos, estableciendo que los depósitos del público en las entidades de intermediación financiera estarán garantizados por los recursos disponibles del Fondo de Contingencia, hasta una cuantía por depositante de RD$500,000. Es decir, que cuando un ahorrante deposita en una entidad regulada por la Ley Monetaria y Financiera, tiene la seguridad de recibir su pago.

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