Decreto elimina subsidios a otros sectores

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Ramón Pérez ReyesSanto Domingo

El desmonte del subsidio aplicado por el gobierno con el decreto 275-16, emitido este viernes por el Poder Ejecutivo no solo afecta al sector de los transportistas, sino también a industrias, empresas y particulares que se beneficiaban de las facilidades que otorgaba el gobierno a través de la Ley 253-12 del 9 de noviembre de 2012 sobre Fortalecimiento de la Capacidad Recaudatoria del Estado para la Sostenibilidad Fiscal.

Con este decreto, el gobierno pretende tener un mayor nivel de control y fiscalización y evitar que los excedentes de los combustibles que se entregaban a esos sectores pudieran ser trasegados al mercado informal. Sobre el tema opinó el ministro de Economía, Planificación y Desarrollo, Isidoro Santana, quien valoró el Decreto 275-16 que reglamenta los impuestos al consumo de combustibles en el caso de las empresas generadoras de electricidad. Entiende que uno de los principales reclamos de la opinión pública, sobre todo del sector empresarial, cuando se habla de la necesidad de elevar la presión tributaria, es que la prioridad debe ser el control de la evasión, antes de proceder a cualquier incremento de impuestos.

Denuncias Según denuncias, una gran cantidad del combustible que entregaba el gobierno se vendía en Haití, o dentro del país, a través de negociaciones informales, que dio origen a un lucrativo mercado negro.

A este negocio se atribuyen los violentos enfrentamientos entre los gremios choferiles, las muertes de varios conductores y la cárcel a otros dirigentes.

“Este decreto manda a que se haga un reglamento de aplicación de la ley 253 y evidentemente todo el que no esté dentro de la ley, no podrá ser beneficiado”, explicó ayer el senador y presidente de la Comisión de Hacienda, Tommy Galán. El legislador de San Cristóbal es autor de una resolución donde se pide que se aplique las disposiciones de la Ley 253-12.

Los impuestos. Según explicó, esta disposición reglamenta el sistema de devolución del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC), que incluye a todos los combustibles fósiles y derivados del petróleo.

La disposición establece el procedimiento y las condiciones que se deben cumplir para beneficiarse del sistema, dijo.

“Esto es, que ya no se va a entregar combustibles fijos, como se hacía, sin tener un control; sino que cada empresa comprará el que necesite, y al final tendrá las exenciones que dice la ley, a través de la DGII, previa certificación del Ministerio de Hacienda”, explicó.

Regímenes especiales El decreto 275-16 también determina el procedimiento para el reembolso a personas físicas, jurídicas y entidades. Además para regímenes especiales y contratistas.

El pago Agotado el proceso y para cumplir con el mecanismos de devolución la Tesorería Nacional abrirá una cuenta bancaria. Estará a nombre de la DGII y se depositarán las proporciones del monto percibido por concepto del ISC.

Quiénes se benefician Se beneficiarán del reembolso las empresas incluidas en los párrafos I, II y III del artículo 19 de la Ley 253-12. A solicitud del Ministerio de Hacienda, deberán instalar mecanismos de medición de consumo. También de la producción de electricidad, calor o flujo. Las especificaciones técnicas, condiciones de instalaciones y verificación las dispondrá el Ministerio de Hacienda. Para tales fines, Hacienda consultará con el Industria y Comercio y la Superintendencia de Electricidad. También con CDEEE y el Instituto Dominicano de la Calidad. Esto es con el objetivo de establecer las características técnicas de los medidores fiscales. Lo que deberá ser en un período de 60 días.

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