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La DGII extiende las exenciones agrícolas

Necesidad. Los productores agrícolas requieren ayuda.

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La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) anunció la extensión para todo el ejercicio fiscal 2015 de las medidas relativas a las exenciones del pago de anticipos del Impuesto Sobre la Renta, del pago del Impuesto sobre Activos y de Retención de Impuesto Sobre la Renta sobre los pagos realizados por el Estado.

La medida está contenida en la Norma General 02-2015 emitida por la DGII y que entra en vigencia a partir del día de hoy miércoles 12 de los corrientes.

La Norma General 02-2015 sostiene que es interés de las presentes autoridades mantener su contribución con el mejoramiento de las condiciones en el sector agropecuario dentro de las facultades de la Administración Tributaria. Así también, es interés del Estado dominicano mantener las condiciones que permitan facilitar el desarrollo de este sector sin que el cumplimiento de sus obligaciones tributarias altere sus decisiones económicas.

Estas exenciones, que favorecen al sector agropecuario, comenzaron a aplicarse en el año 2008 como una forma de apoyar a los productores agrícolas y pecuarios que sufrieron grandes pérdidas por los daños ocasionados por las tormentas Olga y Noel.

El Código Tributario faculta a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) a otorgar la exención total o parcial del anticipo del Impuesto Sobre la Renta y del Impuesto a los Activos, acogiendo solicitudes por causas de fuerza mayor que justifiquen la imposibilidad de realizar esos pagos.

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