En el campo de las relaciones internacionales se ha convenido en dividir en dos grandes etapas la trayectoria histórica de los procedimientos de carácter diplomático, teniéndose en cuenta motivaciones didácticas más que propiamente los fundamentos conceptuales en que se sustenta ese ejercicio. Es de esa forma como se conciben los términos diplomacia secreta y diplomacia abierta para denominar esas referidas etapas en ese marco.
Se podría considerar que la forma de ejecución de la diplomacia desde sus orígenes ha correspondido, prácticamente, a la diplomacia secreta, la cual pervivió hasta la Primera Guerra Mundial. A la diplomacia secreta se opone la diplomacia abierta, “comúnmente practicada hoy”, que ha sido la consecuencia de un intenso y complejo proceso evolutivo en el ámbito de las relaciones internacionales y que se hace patente con la puesta en vigor de la Carta de San Francisco o Carta Constitutiva de la Organización de las Naciones Unidas (M. Lage).
Es oportuno señalar que la diplomacia secreta ha tenido como rasgo característico de su procedimiento que durante la vigencia de su ejercicio se consideraba como “normal y deseable” que los compromisos internacionales (tratados, acuerdos, pactos, entre otros) no fueran conocidos por las otras naciones, ni por la opinión pública nacional e internacional.
En esa etapa de la diplomacia se invocaba la “Raison d’ Etat” para justificar muchas de las acciones, tanto de la política exterior como de la política interna. “Raison d’ Etat” (razón de Estado) es el fundamento de una histórica teoría política mediante la cual los intereses del Estado gozan de preferencia sobre toda moral privada. “Es una intrínseca decisión que debe basarse en un auténtico interés de la nación” (O. Vizcarra).
La invocación de la razón de Estado, sostiene R. Borja, “plantea generalmente un conflicto entre la acción política, que se reduce al juego de intereses inmediatos y la acción moral, que mira más lejos”. En nombre de la razón de Estado, recuerda el autor, “se han incumplido compromisos contraídos o se han realizado operaciones deshonestas desde los gobiernos. En regímenes despóticos, muchas cosas, se han encubierto o justificado bajo la explicación de razones de Estado”.
A lo que el autor añade: “La razón de Estado ha sido invocada por siglos para no dar cuenta o explicación de una decisión gubernativa (“secreta o inconfesable”), cuando se vulneran principios morales o de justicia. Era (y, para ciertos tratadistas, sigue siendo), “una fórmula para anteponer decisiones fundamentales sobre criterios éticos”.
La razón de Estado ha sido conceptualizada, por determinados autores contemporáneos, como “la versión moderna de una vieja regla práctica maquiavélica” a la que se le atribuye proponerse que las acciones de los gobiernos solamente pueden ser juzgadas por su éxito. En esta teoría (razón de Estado) se sustenta el ampliamente divulgado principio: “El fin justifica los medios”, que se concibe como un rasgo emblemático de la denominada “política maquiavélica”. Recuérdese, apunta A. Plantey, “que en el universo de Maquiavelo el príncipe es el Estado”.
Hay que resaltar que en la época de la diplomacia secreta fue cuando tuvo su mayor desarrollo la modalidad de diplomacia llamada “diplomacia maquiavélica”, que consiste en la prosecución de objetivos nacionales con técnicas aviesas (J. Plano). Naturalmente, con el advenimiento de la diplomacia abierta “se dificulta o imposibilita” la ejecución de tales acciones.
Como es ampliamente conocido, la primera mitad del siglo XX viene marcada por las dos guerras mundiales. El mundo forjado por el Congreso de Viena de 1815 se destruyó con la Primera Guerra Mundial (1914-1919), y pocos años después la sociedad de naciones se vería impotente para evitar la Segunda (1939-1945). Todo quedó afectado como consecuencia de estas dos grandes calamidades que sufrió la humanidad y “junto a los planes de reconstrucción de los países y sus economías, fue necesario también revisar los principios vigentes de convivencia internacional” (P. Cahier). En tal contexto nace la denominada diplomacia, abierta. Esa modalidad de diplomacia se inicia con cambios fundamentales en los procedimientos diplomáticos que incluyen la publicación y registro de los tratados internacionales, “sin menoscabo por supuesto de la reserva que en general debe proteger su elaboración y negociación” (M. Morcillo).
Al mismo tiempo que se implementa la diplomacia abierta, se institucionaliza a escala global la diplomacia multilateral. Antes de eso, las relaciones eran prácticamente bilaterales. Desde entonces la multilateralidad diplomática ha sido un factor esencial para las relaciones internacionales y debe tenerse presente en todo análisis, proyecto o estudio concerniente a los asuntos internacionales contemporáneos.
Se podría finalizar recordando que, tal como lo afirma la Corte Internacional de Justicia, “el régimen de las relaciones diplomáticas viene a ser un edificio jurídico pacientemente construido por la humanidad en el transcurso de los siglos, cuya salvaguarda es esencial para la seguridad y bienestar de una comunidad internacional tan compleja como la actual”. Para eso resulta imprescindible “el respeto escrupuloso y constante de las normas que presiden los vínculos entre sus miembros”.
El autor es Premio Nacional de Didáctica
y diplomático de carrera.